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N° 91252/24 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 24

Edictos Judiciales martes, 24 de diciembre de 2024

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12 - SECRETARÍA NRO. 24

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 12 a cargo del Dr. Hernán D. Papa, Sec. N° 24 interinamente a mi

cargo, sito en M. T. de Alvear 1840 PB, CABA, hace saber por cinco días en los autos “AG-LAB S.A. s/QUIEBRA”

(Exp. Nro. 25480/2023) se decretó la quiebra de AG-LAB S.A. (CUIT: 30 -71048658-8) con domicilio en la Avenida

Segurola nº 1620 CABA, fijándose el siguiente cronograma: hasta el 16.04.2025 los acreedores con asistencia

letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 2,

a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento a lo dispuesto con fecha 09.12.2024 a lo que se remite (v. pto. II ap.

“i 1° ”). En tal inc. deberán también formularse digitalmente las observaciones a que alude el art. 34 LCQ y sus

contestaciones, según lo autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto por el art. 32 LCQ deberá abonarse por

transferencia a la cuenta identificada con CBU 0720042788000018007154 de titularidad de Haydee María Loureiro

(CUIT 27-06231756-1). A los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que

no cuente con asistencia letrada deberán solicitar turno a la sindicatura MAURICIO B. MANNA -con domicilio

Reconquista 715 4° ”E”, CABA y tel. 4315-1157 mediante email a verificacionessindicatura@gmail.com. A tal fin

deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. II ap. “i1° ” del decisorio de fecha 09.12.2024 a lo

que se remite. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 02.06.2025 y 17 .07.2025

respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 17.06.2025. La audiencia de explicaciones

se llevará a cabo el 08.07.2025 a las 11:00 hs. Se intima a los terceros para que entreguen al síndico los bienes

del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de

declararlos ineficaces. Buenos Aires, 16 de diciembre de 2024. HERNAN DIEGO PAPA Juez - RICARDO DANIEL

ZMUDA SECRETARIO INTERINO

e. 18/12/2024 N° 91252/24 v. 24/12/2024