N° 94233/24 Aviso del Boletín Oficial
HACIENDA MACHETE S.A.
Texto del aviso
HACIENDA MACHETE S.A.
CUIT: 30-71797530-4. Por acta de asamblea ordinaria de accionistas n° 1 de fecha 14/10/2024 se resolvió modificar
la denominación social y el cambio de objeto quedando redactados los artículos primero y cuarto de la siguiente
manera: “ARTÍCULO PRIMERO. Bajo la denominación de MACHETE VALLEY S.A continúa funcionando con
domicilio en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires, la sociedad antes denominada “ HACIENDA MACHETE
S.A”. “ARTÍCULO CUARTO: “A) CONSTRUCTORA: construcción de edificios, sujetos o no al régimen de
Propiedad Horizontal, casas, galpones, locales, dirección, administración, ejecución de proyectos, parquización,
remodelamiento, demolición, subdivisión, fraccionamiento, parcelamiento, zonificación, loteo, organización y
administración de inmuebles urbanos, suburbanos y/o rurales, clubes de campo, barrios privados y/o consorcios
de propietarios, compra, venta, comercialización, explotación, permuta, locación, arrendamiento, explotación y
administración de los mencionados inmuebles, prestación de servicios relativos a la construcción, urbanización,
formación de barrios cerrados, clubes de campo, y/o cualquier otro emprendimiento urbanístico destinado a la
propiedad residencial, Planificar, diseñar, organizar, programar, dirigir y controlar la construcción y montaje industrial
de todo tipo de obra y diseño de plantas potabilizadoras de agua y de tratamiento de efluentes y sus derivados;
construcción de estructuras metálicas, electromecánicas o de hormigón para obras de carácter público o privado.
B) OPERACIONES INMOBILIARIAS, compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles,
inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones
inmobiliarias incluyendo el funcionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización,
clubes de campo, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. También
podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros y a proveer servicios
de asesoramiento y gerenciamiento de proyectos inmobiliarios de todo tipo, como administrador, fiduciante,
fiduciario o beneficiario, C) COMERCIALES: Mediante la compra venta, cesión, leasing, alquileres, administración
y representación, consignación, comercialización e intermediación de bienes y servicios de cualquier naturaleza,
inmuebles, muebles, registrables o no, incluso de uso comercial, industrial y agropecuario. Asimismo podrá realizar
cualquier otra actividad que se relacione o vincule con cada una de las actividades descriptas precedentemente.
Cuando la índole de la materia lo requiera se contará con profesionales con título habilitante. D) AGROPECUARIA:
Explotación de establecimientos agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales, campos, granjas, cabañas; cría,
engorde e invernada de ganado (vacuno, caprino, porcino, equino y todo otro); fruticultura, avicultura y tambo.
Comercialización, distribución, depósito, conservación, fraccionamiento, envasado, importación, exportación,
elaboración y producción de semillas, cereales, oleaginosas, haciendas, ganados, frutos y de todo otro producto
derivado de esas explotaciones o que tenga aplicación en las mismas. Acopiar cercales, oleaginosos y todo otro fruto
de la agricultura. Adquirir, enajenar, alquilar, dar o tomar en leasing, reparar, importar, exportar máquinas, equipos
e insumos destinados a esas explotaciones. E) LOGISTICA: La explotación comercial del transporte de carga,
logística, mercaderías en general, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes, nacionales e internacionales, por vía
terrestre, aérea, fluvial o marítima, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje. en vehículos propios o
de terceros, F) FINANCIERA: A los fines de la consecución de su objeto, podrá realizar operaciones financieras o
bancarias de cualquier clase, en moneda nacional o extranjera, pudiendo licitar y concertar préstamos o créditos o
descuentos y concederlos, sea en dinero en efectivo o de cualquier naturaleza, con garantías reales o personales,
de cualquier clase de bancos, como también de particulares o compañías financieras, sin limitación de tiempo
ni monto, pudiendo para ello suscribir letras, bonos, pagarés, prendas, hipotecas y toda clase de documentos
y contratos que se exijan o deban exigir para este cometido, con exclusión de las comprendidas por la Ley de
Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. A tal efecto, la sociedad tiene plena capacidad
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.578 - Segunda Sección 11 Martes 31 de diciembre de 2024
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las
leyes o por este estatuto. G) MANDATOS Y SERVICIOS: Mediante el Desarrollo de toda clase de representaciones,
distribución, comisión, consignación, mandatos y asesoramientos en administraciones de negocios y empresas
en las materias operaciones y actividades, quedando excluidas las actividades de las leyes 23.187 y 20.488. H)
IMPORTAR Y EXPORTAR: importación y exportación de materias primas, bienes, productos y mercaderías, para su
comercialización y distribución por cuenta propia o para terceros mandantes, así como también la intermediación
en los procesos de importación y exportación. I Prestación de cualquier tipo de servicios relacionados con la
industria hidrocarburifera y gasifera. Transporte de cargas sólidas, líquidas y gaseosas. Transportes de residuos y
sustancias peligrosas. Prestación por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, de servicios profesionales
y técnicos para la ejecución de obras o servicios en la industria hidrocarburifera y gasifera. Locación de bienes
en relación a la actividad que desarrolla la sociedad. Cuando las normas así lo requieran se dará cumplimiento
al objeto social por intermedio de profesionales en la disciplina que se trate con título habilitante otorgado por
autoridad competente. Representaciones: Ejercicios de representaciones, comerciales e industriales, mandatos,
comisiones, consignaciones, estudios, proyectos, brokerage e investigación y todo otro tipo de asistencia técnica
en la industria hidrocarburifera y gasifera. Importadora y Exportadora: Importar y exportar toda clase de bienes
útiles para el cumplimiento del objeto social. Comercial: Fabricación y comercialización de bienes relacionados
con la industria hidrocarburifera y gasifera: comprar, vender, consignar, distribuir, importar, exportar aparatos,
equipos, elementos. Materiales, herramientas, partes y repuestos. Para el mejor cumplimiento de su objeto
social la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer, obligaciones, realizar toda
clase de actos jurídicos vinculados, directa o indirectamente, al cumplimiento de su objeto social, que no sean
expresamente prohibidos por las leyes o por este estatuto. Las actividades que así lo requieran serán realizadas
exclusivamente por profesionales habilitados legalmente para ellos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, presentarse a licitaciones, inclusive del Estado Nacional
y demás reparticiones estatales, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. La
sociedad podrá financiar las actividades enumeradas otorgando y recibiendo préstamos con o sin garantía y/o
aportes de personas o sociedades, quedando excluidas todas aquellas operaciones que queden comprendidas
dentro del ámbito de aplicación de la ley de entidades financieras” Autorizado según instrumento privado Acta de
Asamblea ordinaria de accionistas de fecha 14/10/2024
Virginia Gatti - Matrícula: 4930 C.E.C.B.A.
e. 31/12/2024 N° 94233/24 v. 31/12/2024