N° 94661/24 Aviso del Boletín Oficial
PROCIELO S.A.
Texto del aviso
PROCIELO S.A.
CUIT 30-71482874-2. Por Asamblea Unanime del 15-12-2024, se resolvió: 1) Modificar el artículo 4º (objeto) del
Estatuto Social y en consecuencia la redacción por: “ARTICULO CUARTO: A) INDUSTRIALES: para todo lo
relacionado con la extracción, fabricación, transformación, elaboración y explotación de minerales y sus derivados,
incluso lo relacionado con la industria minera y química. Para todo lo relacionado con el ramo de construcciones
y afines, elaboración de cereales y oleaginosas en general. Fabricación, elaboración y transformación de fibras
textiles en general, lavado de lanas y sus derivados. Para todo lo relacionado con productos agropecuarios y
alimenticios. Para todo lo relacionado con la industria metalúrgica, incluso repuestos de vehículos y maquinarias
en general. Industria del Frío. Industria del Cuero en general y sus derivados e Industria lechera con sus derivados.
B) COMERCIALES: de toda especie, mediante la compra, venta y o permuta de materias primas, productos
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.578 - Segunda Sección 15 Martes 31 de diciembre de 2024
agropecuarios y alimenticios, mercaderías, maquinarias, muebles y útiles y semovientes en general, incluso la
importación y exportación bajo todos sus aspectos y el transporte en general, por cualquiera de los medios en uso
y en todo de acuerdo con las leyes reglamentarias vigentes. C) INMOBILIARIAS: mediante la adquisición, venta,
permuta, explotación, construcción y administración de muebles urbanos y o rurales. D) FINANCIERAS: ya sea
mediante el aporte de capital, a empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios realizados o
a realizarse, constitución y transformación de hipotecas y demás derechos reales, compra, venta y permuta de
títulos, acciones u otros valores mobiliarios y otorgamiento de créditos en general, ya sea en forma de prenda,
warrants o cualquier otra de las permitidas por la ley. La sociedad no tendrá por objeto operaciones previstas
en la ley de entidades financieras ni de otras que requieran el concurso público. E) AGROPECUARIAS: en todo
lo concerniente al campo, sea agricultura, ganadería y sus anexos, así como también la forestación y todo lo
relacionado con frutales y productos de granja en general”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 58 de
fecha 20/12/2024 Reg. Nº 1928
MATIAS EZEQUIEL CAMAÑO - Habilitado D.N.R.O. N° 3029
e. 31/12/2024 N° 94661/24 v. 31/12/2024