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N° 90570/24 Aviso del Boletín Oficial

MC CREATIVES S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 8 de enero de 2025

Texto del aviso

MC CREATIVES S.R.L.

Rectificatorio del publicado el 16/12/2024 N° 90570/24, por Vista de IGJ. Por Instrumento Privado del 02/01/2025 se

modifica el objeto social, el que queda redactado de la siguiente forma: “La Sociedad tiene por objeto dedicarse,

por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el País o en el Extranjero, a las siguientes actividades:

a) Constructora: Mediante la construcción, demolición, remodelación, y refacción de toda clase de inmuebles,

urbanos y/o rurales, con cualquier destino; incluso aquellos que autorizan las leyes de Propiedad Horizontal y

de todo tipo de construcciones civiles, incluyendo sin limitar el desarrollo de casas de campo, barrios cerrados,

countries. b) Inmobiliaria: Compra, venta, administración, locación, permuta, subdivisión, fraccionamiento, loteo, de

propiedades inmuebles en general, rurales y/o urbanas, inclusive las que se encuentran sometidas al Régimen de

Propiedad Horizontal, constitución y afectación al régimen de fideicomiso inmobiliario, inclusive para ser fiduciante,

fiduciaria, beneficiaria y/o fideicomisaria. c) Comercial: Compra, venta, fabricación, distribución, importación y

exportación de todo tipo de materiales, productos y/o insumos para la construcción. d) Financiera: Mediante el

otorgamiento de todo tipo de crédito, con o sin garantía, otorgar préstamos, y realizar operaciones financieras en

general permitidas por la legislación vigente, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra

que requiera el concurso y/o ahorro público. Cuando las actividades previstas por el objeto social así lo requieran,

las mismas serán realizadas por profesionales con título habilitante. Asimismo, podrá realizar toda actividad anexa,

derivada o análoga que directa o indirectamente se vincule con las actividades descriptas precedentemente, y

efectuar todo tipo de operaciones comerciales y de servicios en general, para el cumplimiento de su objeto, sin

más limitaciones que las que determinen las respectivas leyes. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este

contrato”. Autorizado según instrumento privado Contrato Social de fecha 13/11/2024

Analia Gabriela Medina - T°: 106 F°: 820 C.P.A.C.F.

e. 08/01/2025 N° 678/25 v. 08/01/2025