N° 2468/25 Aviso del Boletín Oficial
URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
URBANO EXPRESS ARGENTINA S.A.
CUIT: 30-70828643-1. Por Acta de Asamblea Extraordinaria N° 44 del 31/10/2024 se resolvió reformar el art. 3° del
Estatuto social. ART. 3°: Objeto social: 1.- Realizar la actividad de prestador o permisionario postal; la admisión, el
transporte y la entrega o distribución de todo tipo de pieza postal, con o sin registro, carta documento, telegrama,
encomienda, paquetería y cualquier otro tipo de documentación contable, resúmenes, liquidaciones, facturas, etc.
y de saca, bolsín y de contenedor o pieza de clearing bancario por cualquier medio, inclusive sistemas electrónicos
de transmisión. Para lo cual la sociedad actuará dentro de la normativa postal de la República Argentina. A modo
enunciativo, y no limitado, se incluyen explícitamente dentro de esta actividad: impresión o edición, admisión,
corte, doblado de piezas para su tramitación postal, incluyendo los resúmenes, liquidaciones y facturas de
entidades de los estados nacional, provincial y municipal, bancos públicos y privados, empresas comerciales
y de servicios públicos - electricidad, gas, teléfono, agua- y análogos. 2.- Courier internacional y prestaciones
de casilla y/o domicilio en el extranjero y análogos. 3.- Logística en general, incluyendo productos regulados por
la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), Sustancias Químicas y
Mercadería peligrosa. 4.- Ejercer representaciones, mandatos, agencias, comisiones, ejercer como consignatario,
gestor de negocios y administrador, como asimismo recibir bienes en depósito, en comisión o consignación, de todo
tipo de insumos y productos, regulados o no regulados. 5.- Comercialización, compra y venta, almacenamiento de
insumos y productos, incluyendo a modo enunciativo, insumos y productos domésticos, domisanitarios, médicos
e higiénicos, cosméticos, de higiene oral, suplementos dietarios y medicamentos que se encuentren regulados, o
no, por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). 6.- Con excepción
de las operaciones permitidas exclusivamente a las entidades financieras autorizadas por el Banco Central de
la República Argentina, efectuar participaciones o aportes de capital a empresas o sociedades constituidas o a
constituirse con el mismo objeto social de esta sociedad, o mediante compra de acciones de empresas del mismo
objeto; realizar financiaciones y operaciones de créditos en general con cualquiera de las garantías previstas en la
legislación vigente o sin ella, negociación de títulos y otros valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en
general. 7.- A fin de cumplir con su objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o estos estatutos. En el
desarrollo de la actividad prevista en el objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto social
positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medio ambiente.
Autorizado según instrumento privado autorización de fecha 09/01/2025
Silvina Beatriz Diez Mori - T°: 52 F°: 676 C.P.A.C.F.
e. 20/01/2025 N° 2468/25 v. 20/01/2025