N° 3748/25 Aviso del Boletín Oficial
CATAMAYO S.A.
Texto del aviso
CATAMAYO S.A.
Cuit 30593843595, Asamblea Extraordinartia del 10.09.24 reforma articulo 10,11,12 y 13, como sigue. Decimo: La
dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros
que determine la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de tres, cuya duración se extenderá por tres
ejercicios. La asamblea puede elegir igual o menor número de suplentes, por el mismo plazo, a fin de llenar las
vacantes que se produjeran y se incorporarán al directorio por el orden de designacion Mientras se prescinda de
sindicatura la elección de al menos un director suplente será obligatoria. El directorio sesionará con la presencia
de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de los presentes, en caso de empate el Presidente
desempatará votando nuevamente. En su primera reunión designará un Presidente, pudiendo, en caso de
pluralidad de titulares designar un Vicepresidente que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento.
Decimo Primero.Los directores titulares deberán constituir una garantía por sus funciones de acuerdo al artículo
256, párrafo segundo, de la Ley 19.550. Dicha Garantía se regirá por lo dispuesto en la Resolución General 15/21
y concordantes de Inspección General de Justicia. Decimo Segundo. El directorio tiene amplias facultades de
administración y disposición incluso las que requieren poderes especiales. Podrá especialmente comprar, vender,
permutar, ceder, transferir, hipotecar o gravar bienes raíces, muebles. semovientes, créditos, títulos, acciones por
los precios, modalidades y condiciones, celebrar contratos de sociedad, suscribir, comprar o vender acciones de
otras sociedades, adquirir el activo y pasivo de establecimientos comerciales e industriales, operar en toda clase
de bancos, compañías financieras o entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales, y
generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir
denuncias y querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer
obligaciones a la sociedad, dejándose constancia que la presente enumeración no es taxativa sino simplemente
enunciativa. La representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente,
en su caso. Decimo Tercero. La sociedad prescinde de la Sindicatura. Los accionistas tienen derecho a examinar
los libros y papeles sociales y recabar del directorio los informes que estimen pertinentes. Cuando la sociedad por
aumento del capital social, estuviere comprendida en el régimen del artículo 299 de la ley 19.550, la fiscalización
de la sociedad estará a cargo de un Síndico Titular designado por el término de tres ejercicios, por asamblea,
que simultáneamente designara también un suplente. Tendrán las funciones establecidas en los artículos 294 y
295 de la ley 19.550. Ambos pueden ser reelectos. En este último supuesto los accionistas no podrán ejercer el
control individual que les confiere el artículo 55 de la ley 19.550”. Cesan Presidente Presidente.leonardo Gabriel
Jaramillo, Vice Presidente. Bianca Bethsabe Barba Viteri, Director Suplente. Luis Antonio Lombardo, designados
por tres ejercicios. Presidente.Hector Eduardo Coceres.Director Suplente leonardo Gabriel Jaramillo quienes fijan
domicilio especial sede social Avenida Rivadavia 3049, piso 3. C.A.B.A. Autorizado según instrumento privado
asamblea ordinaria Extraordinaria de fecha 10/09/2024
Graciela Carmen Monti - T°: 29 F°: 918 C.P.A.C.F.
e. 27/01/2025 N° 3748/25 v. 27/01/2025