N° 3675/25 Aviso del Boletín Oficial
FERRUFINO S.R.L.
Texto del aviso
FERRUFINO S.R.L.
1) 20-01-2025. 2) Mavel Lucy FERRUFINO CARRASCO, argentina, nacida el 10-11-1972, DNI 19.021.250, con domicilio
real en Defensa 1657, Piso 2º, Dto. A, CABA; y Humberto José GONZALEZ CALZADILLA, venezolano, nacido el
15-11-1985, DNI 96.260.889, con domicilio real en Av. Almirante Brown 360, CABA; ambos solteros, comerciantes,
y quienes suscriben 80.000 y 20.000 cuotas respectivamente. 3) 99 años. 4) Objeto: a) Intermediación en la reserva
o locación de servicios en cualquier medio de transporte en el país o en el exterior. b) La intermediación en la
contratación de servicios hoteleros en el país o en el extranjero. c) La organización de viajes de carácter individual o
colectivo, excursiones, cruceros o similares, con o sin inclusión de todos los servicios propios de los denominados
a forfait, en el país o en el extranjero. d) La recepción y asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia
en el país, la prestación de los servicios de guías turísticos y el despacho de sus equipajes. e) La representación
de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras, a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios.
f) La realización de actividades similares o conexas a las mencionadas con anterioridad en beneficio del turismo.
Será requisito ineludible para el ejercicio de estas actividades, obtener previamente la respectiva licencia en el
Registro de Agentes de Viajes que llevará el organismo de aplicación que fije el Poder Ejecutivo, el que determinará
las normas y requisitos generales y la idoneidad para hacerla efectiva. 5) Capital: $ 1.000.000 dividido en 100.000
cuotas de $ 10 vn c/u.- 6) Se designa Gerente: Mavel Lucy FERRUFINO CARRASCO con domicilio especial en
la sede social, por todo el término de la duración de la sociedad. 7) 31-12 de cada año. 8) Bolivar 1222, CABA.
Autorizado según instrumento privado contrato constitutivo de fecha 20/01/2025
PATRICIA PEÑA - Habilitado D.N.R.O. N° 2721
e. 27/01/2025 N° 3675/25 v. 27/01/2025