N° 42143/24 Aviso del Boletín Oficial
POLIMETAL PROCESOS S.A.
Texto del aviso
POLIMETAL PROCESOS S.A.
CUIT 30-68031501-5 Aviso COMPLEMENTARIO del edicto publicado el 03/07/2024 número N° 42143/24: Se
hace saber que se modificó el ARTÍCULO OCTAVO: ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: La Dirección y
Administración de la sociedad está a cargo de un Directorio compuesto por el número de miembros que fije
la Asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, con mandato por tres años. La Asamblea puede
designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes
que se produjeran en el orden de su elección. Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, será obligatoria la
elección de uno o más directores suplentes. Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente,
pudiendo en caso de pluralidad de titulares designar un Vicepresidente que suplirá al primero en su ausencia o
impedimento. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría de
votos presentes. En caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente. La Asamblea de accionistas
fija la remuneración del Directorio. Asimismo, por Acta de Asamblea Extraordinaria del 19 de Julio de 2024 se
reformó el ARTICULO CUARTO: OBJETO: Dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros a
las siguientes actividades: 1) comercialización e industrialización de chapas de hierro, doblado, plegado y corte,
mediante todos los procesos comprendidos, desde la obtención de productos semielaborados por laminación y
trefilación tales como lingotes, tochos, planquillas, planchas, barras, láminas, chapas, flejes, tubos, rieles, alambrón
y alambres; las piezas forjadas, la reducción directa de minerales de hierro, el prensado de chatarra hasta productos
terminados. 2) Otorgamiento de créditos, préstamos, avales, fianzas, hipotecas, prendas, adelantos en dinero con
o sin garantía o personal y/o cualquier otro tipo de garantías, onerosas o gratuitas, ya sea a favor de sociedades
controladas, controlantes, vinculadas o sujetas al control común de la Sociedad o de sus accionistas y/o a favor
de terceros y ya sea por obligaciones propias o de terceros. Se exceptúan las operaciones comprendidas en la
Ley de Entidades Financieras y otras en las que se requiere el ahorro público. Para el cumplimiento de su objetivo,
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos
que no fueran prohibidos por las leyes o por este estatuto. Autorizado según instrumento privado ACTA de fecha
19/07/2024
Maria Florencia Alemanno - T°: 99 F°: 537 C.P.A.C.F.
e. 27/01/2025 N° 3461/25 v. 27/01/2025