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N° 4414/25 Aviso del Boletín Oficial

MTZ SEGURIDAD S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 30 de enero de 2025

Texto del aviso

MTZ SEGURIDAD S.R.L.

CUIT 30-71470338-9. En reunión de socios del 28/01/2025 se reformó el artículo 4º del Estatuto Social, quedando

redactado: “ARTICULO 4º OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia de terceros

o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: vigilancia privada, seguridad de

personas y de bienes que se encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en locales

bailables, confiterías y todo otro lugar destinado a la recreación; custodias personales, acompañamiento y

protección de personas determinadas; custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia,

recuento y clasificación de billetes, títulos, valores y mercaderías en tránsito; vigilancia con medios electrónicos,

ópticos, electro ópticos, diseño, instalación y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de

imagen, audio o alarmas, así como cualquier otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; tareas

de control de admisión y permanencia de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de

entretenimiento en general, que se celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes

y todo otro lugar de entretenimiento de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios

abiertos, en la vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público;

prestar estos servicios y de seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado

Nacional, Provincial o Municipal y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia

de seguridad y/o la Autoridad de Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo

autorice la legislación vigente y en cumplimiento de la normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados-

ANMaC. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la sociedad actuará conforme lo normado por la ley Nº 5688 de

esta ciudad, sus Decretos Reglamentarios y la normativa que en el futuro las modifiquen o complementen. A tal fin

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos

y contratos que directa o indirectamente se relacionen con su objeto y no sean prohibidos por las leyes y por este

Estatuto.” Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha 28/01/2025

Gustavo Gache Piran - T°: 50 F°: 28 C.P.A.C.F.

e. 30/01/2025 N° 4414/25 v. 30/01/2025