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N° 4452/25 Aviso del Boletín Oficial

THEEYE S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES jueves, 30 de enero de 2025

Texto del aviso

THEEYE S.A.S.

CUIT 30-71575125-5. Por Acta de Reunión de Socios N° 10 del 05/12/2024, se resolvió: (i) Aumentar el capital

social en $ 500.000, es decir, de la suma de $ 1.570.149 a la suma de $ 2.070.149 por capitalización de créditos

del accionista; (ii) Emitir 500.000 nuevas acciones ordinarias escriturales de valor nominal $ 1 cada una y con

derecho a un voto por acción. Se informa que el único socio THEEYE Inc. suscribe e integra en su totalidad las

nuevas acciones emitidas. Como consecuencia del aumento, las tenencias accionarias quedaron compuestas de

la siguiente manera: THEEYE Inc. 2.070.149 acciones ordinarias escriturales de $ 1 valor nominal y con derecho a

un voto por acción y; (iii) Reformar el artículo cuarto del estatuto social conforme el siguiente detalle: “CAPITAL.

ARTÍCULO CUARTO: El capital social es de $ 2.070.149 (pesos dos millones setenta mil ciento cuarenta y nueve),

representando por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una

y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo

dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Para los casos en que el aumento del capital fuera menor al cincuenta

por ciento (50%) del capital social inscripto, el aumento del capital social no requerirá publicidad ni inscripción de

la resolución de la reunión de socios ante el organismo de contralor. Las acciones escriturales correspondientes

a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las

acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo

a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y

realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria

conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con

o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de

Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz”. Autorizado según

instrumento privado Reunión de Socios N 10 de fecha 05/12/2024

MARINA EUGENIA ROCA ARAGONA - T°: 149 F°: 422 C.P.A.C.F.

e. 30/01/2025 N° 4452/25 v. 30/01/2025