N° 6603/25 Aviso del Boletín Oficial
ALGEIBA S.A.
Texto del aviso
ALGEIBA S.A.
CUIT: 30-70954751-4.- MODIFICACIÓN DE OBJETO, Esc. 101, Fo. 350, Fecha: 10/07/2024, Reg: 121: Acta de
Asamblea Gral. Ordinaria de Accionistas del 10/07/2024, REFORMA Art. 3: La sociedad tiene por objeto realizar,
por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros en el país o en el exterior, las siguientes actividades:
CONSULTORIA: prestación de servicios profesionales y de consultoría relacionados con: a) estudios informáticos,
administrativos y técnicos; b) estudios económicos y financieros; c) asesoramiento sobre la gestión de tecnología de
la información. COMERCIAL: compraventa, fabricación, distribución comercialización, intermediación, promoción,
importación y exportación, representación, comisiones, consignaciones de materias primas y productos
terminados, partes, componentes, accesorios e insumos relacionados con los servicios e industria de la informática
y la computación electrónica. SERVICIOS: prestación de servicios técnicos y profesionales relacionados con: a)
diseño, implementación y mantenimiento de redes y del software y hardware relacionados: b) administración de
sistemas e infraestructura de tecnología de la información; c) diseño e implementación de ambientes virtuales
de trabajo; e) planeamiento de continuidad y recuperación de sistemas y redes puesta en práctica de los planes;
f) dimensionamiento e implementación de almacenamiento de datos; g) desarrollo de software; h) desarrollo y
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.606 - Segunda Sección 4 Lunes 10 de febrero de 2025
puesta a punto de productos de software originales; i) implementación y puesta a punto a terceras personas
de productos de software propios o creados por terceros; j) desarrollo de partes de sistemas, módulos, rutinas,
procedimientos, documentación y otros que estén destinados para sí, o para ser provistos a terceros; k) servicios
informáticos orientados a mejorar la seguridad de equipos y redes, la confiabilidad de programas y sistemas
de software, la calidad de los sistemas de datos y la administración de la información y el conocimiento de las
organizaciones; l) desarrollo de productos de software que se apliquen a actividades de e-learning, marketing,
interactivo, e-commerce, servicios de provisión de aplicaciones (ASP), edición y publicación electrónica de
información, y otros; m) servicios de diseño, codificación, implementación, capacitación, mantenimiento, soporte
a distancia, resolución de incidencias, conversión y/o traducción de lenguajes informáticos, adición de funciones,
preparación de documentación para el usuario y garantía o asesoramiento de calidad de sistemas; n) desarrollo
y puesta a punto de software que se elabore para ser incorporado en procesadores, tales como consolas para
multimedios, equipamiento satelital y espacial en general, equipos y sistemas de telefonía fija, móvil y transmisión
y recepción de datos, sistemas de telesupervisión y telegestión, máquinas y dispositivos de instrumentación y
control. IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN: mediante la exportación y/o importación de mercaderías en general,
maquinarias, útiles, herramientas, materias primas, materiales en proceso de elaboración y en general de todo
tipo de productos relacionados con el objeto social. Para este fin está facultada a efectuar toda tramitación ante
los organismos competentes en materia de comercio exterior ya sea de la República o del exterior; asimismo
podrá realizar toda clase de operación con instituciones bancarias y/o financieras del Estado Nacional, Provincial
o Municipal, privadas, nacionales, extranjeras o mixtas, con asiento en el país o en el extranjero, vinculadas o
relacionados con la actividad específica del ente. En particular, tiene capacidad para aceptar y otorgar cartas de
crédito de todo tipo, plazo y condición, obtener financiaciones y/o prefinanciaciones u otro beneficio económico o
financiero a la exportación, como aceptar cierres de cambios, contratar todo tipo de seguros, emitir obligaciones,
aceptar letras u otra forma de cancelación de exportaciones autorizada por el organismo de aplicación respectivo y
percibir reembolsos a la exportación u otro estímulo que al efecto se establezca. La sociedad tiene plena capacidad
jurídica para realizar todos los actos y contratos que las leyes vigentes y este contrato autorizan. En el desarrollo de
las actividades descritas en el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico procurará generar un
impacto material, social y ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a
ésta. Art. 9: La administración de la sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros
que fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno y un máximo de cinco Directores titulares debiendo elegir
igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio por el orden de su designación, siendo
reelegibles y permanecerán en sus cargos hasta que la próxima Asamblea designe reemplazante; durarán en sus
cargos tres años; en la primera reunión de Directores designarán entre ellos un Presidente y un Vicepresidente en
su caso, este último reemplazará al primero en caso de ausencia, impedimento o excusación; se reunirán por lo
menos una cada vez cada tres meses y funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá por mayoría
de votos presentes; sus deliberaciones se transcribirán en un libro de actas llevadas al efecto; la representación
social estará a cargo del Presidente o del Vicepresidente en caso de vacancia, impedimento la ausencia; el uso
de la firma social estará a cargo del Presidente o su reemplazante; el Directorio tiene amplias facultades para
dirigir y administrar la sociedad en orden al cumplimiento de su objeto social, pudiendo en consecuencia celebrar
todo tipo de contratos, incluso aquello para los cuales se requiere poder especial conforme lo dispuesto por el
artículo 1887 del Código Civil y 5: título X libro II del Código de Comercio: adquirir, gravar y enajenar inmuebles,
construir y transferir derechos reales, operar con bancos oficiales y privados y demás instituciones de crédito y
otorgar poderes para actuar judicial o extrajudicialmente a favor de una o más personas.- cada Director deberá
depositar la suma de quinientos pesos en garantía del desempeño de sus funciones en la Caja de la sociedad o
en un banco a su nombre y no podrá retirarse hasta la aprobación de su gestión. En el desempeño de su cargo,
los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones
o actuaciones con respecto a los intereses de (i) la Sociedad, (ii) sus socios, (iii) empleados y (iv) los clientes,
proveedores y otras partes vinculadas a la Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección del ambiente. El
cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores solo podrá ser exigible por los socios y
la Sociedad.”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 101 de fecha 10/07/2024 Reg. Nº 121
Marcelo Walter Suarez Belzoni - Matrícula: 4665 C.E.C.B.A.
e. 10/02/2025 N° 6603/25 v. 10/02/2025