N° 93228/24 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21 - SECRETARÍA NRO. 42
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 21 a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda,
Secretaría 42 del Dr. Guillermo Carreira González, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 3° piso, CABA, comunica en
autos “B&J LÓPEZ SA s/CONCURSO PREVENTIVO” (EXP. COM 10909/2024), que el 28 de noviembre de 2024
se decretó la apertura del concurso preventivo de B&J LÓPEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, con CUIT: 30-71546310-1,
con domicilio en Av. Roque Sáenz Peña 846, piso 8, of 802 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El síndico
designado es ATRID SINGER, con domicilio en Felipe Vallese 2626, Planta Alta, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, domicilio electrónico 27123174025, y correo electrónico astrid.singer@gmail.com. (Teléfonos 114611 6319 y
151144711185). Se hace saber a los señores acreedores que se ha fijado el 26 de marzo de 2025 como fecha hasta
la cual deberán presentar las peticiones de verificación de créditos. Los pretensos acreedores con asistencia
letrada deberán canalizar sus insinuaciones ante el síndico por vía remota en el incidente de consulta “B &J LOPEZ
SA. s/CONCURSO PREVENTIVO s/INCIDENTE DE CONSULTA” (Expte. N° COM 10909/2024/1), debiendo en la tal
caso omitir incluso la presentación de la documentación en formato papel, sin perjuicio de que la misma pudiera
serle requerida por el síndico o el Juzgado en la eventualidad de estimarlo menester. Además se ha de requerir a
los mismos que identifiquen en el cuerpo del escrito firmado por el insinuante, la descripción detallada de todos
los adjuntos acompañados, así como la documentación fundante de su pretensión, y el comprobante del pago del
arancel, y como título del escrito deberán indicar “SOLICITUD DE VERIFICACIÓN” acompañado del apellido del
pretenso acreedor. La carga deberá realizarse conforme lo dispuesto por la Ac. 4/20 y Ac. 31/20, pudiendo solo
en la eventualidad de optar por la vía presencial el requerir turno al efecto al mail a la sindicatura dando cuenta
de la presentación realizada. Diversa es la situación de los acreedores que carezcan de asistencia o colaboración
de un profesional de la matrícula, por cuanto en tal eventualidad deberán concurrir personalmente o concretar
la insinuación a través de un tercero a quien autoricen al efecto, el cual deberá ser debidamente identificado, y
presentar su documento de identidad para corroborar su condición. En cuanto a la modalidad del comparendo,
necesariamente habrá de ser concretada cita en forma previa al mail de la sindicatura; y una vez concedida
deberá apersonarse el individuo habilitado a través del pedido debiendo presentarse munido de la documentación
y demás presupuestos inherentes a la solicitud de verificación a la luz de lo estatuido por el art. 32LCQ. Será
común a todos los insinuantes el deber de aportar además de la información habitual un correo electrónico y un
teléfono de contacto, para así integrar el pedido de verificación. Asimismo, se ha fijado el 14 de mayo de 2025
como fecha en que deberá ser presentado el informe individual (art. 35 Ley 24.522), y el 27 de junio de 2025 para
la presentación de informe general previsto por el art. 39 del mismo cuerpo legal. La audiencia informativa se
celebrará el 18 de diciembre de 2025 a las 10:00 horas y el período de exclusividad se clausurará el 03 de febrero
de 2026. El presente edicto se publicará por cinco (5) días en el Boletín Oficial de la Nación, en el Boletín Oficial
de la Provincia de Buenos Aires y en diario Infobae de Buenos Aires. Buenos Aires, 23 de diciembre de 2024.
Guillermo Carreira Gonzalez. Secretario Germán Paez Castañeda Juez - Guillermo Carreira Gonzalez Secretario
e. 04/02/2025 N° 93228/24 v. 10/02/2025