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N° 31/20 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 10

Edictos Judiciales martes, 11 de febrero de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5 - SECRETARÍA NRO. 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 5 a cargo de la Dra. María Soledad Casazza, Secretaría

Nº 10 a mi cargo, sito en Libertad 533, Piso 8 (CABA) comunica que con fecha 9/12/2024 en los autos “GAUCHO

BEEF S.A.S. S/QUIEBRA” (nº 14702/2021), se decretó la quiebra de GAUCHO BEEF SAS (CUIT 30-71626911-2)

inscripta en la IGJ con fecha 27.11.2018, bajo el Nº RL-2018 -62127088-APN-DA # IGJ de Sociedad por Acciones

Simplificadas, con domicilio en la calle Zamudio nº 5136 (CABA). La Síndica desinsaculada es la Contadora Laura

Verónica Fresneda con domicilio en la calle con domicilio en Maipú 359, piso 6º “89”, -CABA- (domicilio electrónico:

27246761898) ante quien los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el

03/4/2025 los que serán presentados al siguiente link: https://sites.google.com/view/gauchobeefsasquiebra. Las

observaciones podrán ser presentadas hasta el 17/04/2025, conforme las pautas dispuestas en el decreto de

quiebra. La síndica presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ los días 19/05/25 y 02/07/25. El arancel

debe pagarse por transferencia al CBU 0340100808100758529009 Caja de Ahorro en pesos Nº 100-100758529-

000 correspondiente al Banco Patagonia S.A. Titular: Pablo Mariano Yaryura, DNI 24.036.719, CUIT 20-24036719-

0. Los documentos informáticos acompañados deberán ajustarse a lo establecido en la Acordada N° 31/20 CSJN.

La documentación que se digitalice y acompañe al pedido de verificación se le conferirá verosimilitud, en cuanto a

su existencia y contenido, siempre y cuando se encuentre acompañada de la declaración jurada prestada por los

insinuantes en la misma demanda de verificación sobre su existencia, posesión y correspondencia con la original y

bajo su responsabilidad, pudiendo el Juzgado requerir su exhibición cuando lo entendiera necesario para resolver

cualquier cuestión. Deberá denunciarse junto con la información que exige el art. 32 LCQ la dirección de correo

electrónico y un teléfono de contacto para que la sindicatura pueda comunicarse en su caso a los fines previstos

por la LCQ: 33. Se ordena a la fallida y a terceros a entregarle a la síndica designada los bienes de aquél. Se intima

a la fallida para que entregue a la síndica dentro de las VEINTICUATRO (24) horas los libros de comercio y demás

documentación relacionada con la contabilidad. Se prohíbe realizar pagos al fallido. Publíquese por cinco (5) días

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.607 - Segunda Sección 69 Martes 11 de febrero de 2025

en el Boletín Oficial sin previo pago. En la ciudad de Buenos Aires, 6 de febrero de 2025. FDO: MARINA MEIJIDE

CASTRO

SECRETARIA MARIA SOLEDAD CASAZZA Juez - MARINA MEIJIDE CASTRO SECRETARIA

e. 07/02/2025 N° 6093/25 v. 13/02/2025