N° 7606/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri, Secretaría
No. 34, a mi cargo, sito en la calle M.T. Alvear 1840, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica, por
el término de cinco días, que el 26.12.2024 se decretó la quiebra de Mario Roberto De Iraola (DNI NRO. 13.816.545),
expte Nro. 5793/2023. El síndico designado es el Cdor. Carlos Gustavo Knees con domicilio electrónico 20113617633
y domicilio procesal en Av. De los Incas nro. 3624, 10° Piso Dto. A.Hágase saber a los acreedores que deberán
solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta
el 14.03.2025 haciendo saber que vencido el plazo dispuesto no será recibida pretensión verificatoria alguna.- Se
deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante correo electrónico a: gustavok7@
yahoo.com.ar en formato PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos con firma electrónica o digital,
o bien – llegado el caso – ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión, haciendo saber que la
totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas las consecuencias
que ello implica.- La fecha de envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de presentación de la
insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel previsto en la LCQ 32
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.611 - Segunda Sección 73 Lunes 17 de febrero de 2025
deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente.- Para su pago, deberá realizarse mediante
transferencia a la siguiente cuenta bancaria: Banco Ciudad. CBU 0290005610000503251407. A los fines de
garantizar el derecho impugnatorio reglado por el art. 34 y art 200 de la ley 24522, los interesados podrán requerir
copia de los legajos formados con las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal
y, en caso de formular observaciones, deberán atenerse –a los fines de su presentación- a las modalidades
precedentemente dispuestas.- El 07.05.2025 y 23.06.2025 el se presentarán los informes previstos en los arts.
35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro de las 72 hs. de notificados y bajo apercibimiento de girar
las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición de la Sindicatura los bienes del deudor que tengan en su
poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir pagos de aquel, y hacer saber que en dicho supuesto de
efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho en los términos del art. 109 LCQ. - Intimar al deudor
para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que en el término de 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y
demás documentación relacionada con la contabilidad.- Buenos Aires , de febrero de 2025.. FEDERICO GUERRI
Juez - FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 13/02/2025 N° 7606/25 v. 19/02/2025