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N° 7606/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

Edictos Judiciales martes, 18 de febrero de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri, Secretaría

No. 34, a mi cargo, sito en la calle M.T. Alvear 1840, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica, por

el término de cinco días, que el 26.12.2024 se decretó la quiebra de Mario Roberto De Iraola (DNI NRO. 13.816.545),

expte Nro. 5793/2023. El síndico designado es el Cdor. Carlos Gustavo Knees con domicilio electrónico 20113617633

y domicilio procesal en Av. De los Incas nro. 3624, 10° Piso Dto. A.Hágase saber a los acreedores que deberán

solicitar ante la sindicatura, la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta

el 14.03.2025 haciendo saber que vencido el plazo dispuesto no será recibida pretensión verificatoria alguna.- Se

deja constancia que los pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante correo electrónico a: gustavok7@

yahoo.com.ar en formato PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos con firma electrónica o digital,

o bien – llegado el caso – ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión, haciendo saber que la

totalidad de las piezas que se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas las consecuencias

que ello implica.- La fecha de envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de presentación de la

insinuación verificatoria. Para el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel previsto en la LCQ 32

deberá adjuntar también el comprobante de pago correspondiente.- Para su pago, deberá realizarse mediante

transferencia a la siguiente cuenta bancaria: Banco Ciudad. CBU 0290005610000503251407. A los fines de

garantizar el derecho impugnatorio reglado por el art. 34 y art 200 de la ley 24522, los interesados podrán requerir

copia de los legajos formados con las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal

y, en caso de formular observaciones, deberán atenerse –a los fines de su presentación- a las modalidades

precedentemente dispuestas.- El 07.05.2025 y 23.06.2025 el se presentarán los informes previstos en los arts.

35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro de las 72 hs. de notificados y bajo apercibimiento de girar

las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición de la Sindicatura los bienes del deudor que tengan en su

poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir pagos de aquel, y hacer saber que en dicho supuesto de

efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho en los términos del art. 109 LCQ. - Intimar al deudor

para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que en el término de 24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y

demás documentación relacionada con la contabilidad.- Buenos Aires , de febrero de 2025.. FEDERICO GUERRI

Juez - FERNANDO DELGADO SECRETARIO

e. 13/02/2025 N° 7606/25 v. 19/02/2025