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N° 9685/25 Aviso del Boletín Oficial

RECPA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 21 de febrero de 2025

Texto del aviso

RECPA S.A.

CUIT 30-71548431-1. Por asamblea extraordinaria del 17/02/2025 se modificó el objeto social quedando el mismo

redactado de la siguiente manera: a) la apertura de cuentas recaudadora a favor de tercero y el servicio electrónico

de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos, telefonía

prepaga, obras sociales, seguridad, transporte, televisión por cable, eventos de todo tipo, incluso deportivos,

espectáculos públicos, teatrales, recitales, de entretenimientos, y bienes y servicios en general. A tal fin podrá

celebrar convenio de cooperación con otro entes afines, establecer sucursales, agencias y/o representaciones en

forma propia o asociada a terceros, brindar el servicio de transportes de caudales, contratar seguros, publicitar en

forma asociada a las empresas u organismos para las cuales recauda y cualquier otra actividad que se relacione

con su objeto. La sociedad podrá realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor

prendario en los términos del artículo 5 de la ley 12.962 y realizar rodas las operaciones necesarias de carácter

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.615 - Segunda Sección 14 Viernes 21 de febrero de 2025

financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No realizara las comprendidas en la

ley 21.526, o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera la intermediación en el ahorro

público. – b) importación, exportación, de toda clase de bienes no prohibidos por las normas legales incluidos en

el nomenclador nacional de Aduana. COMERCIALIZACIÓN: Comercialización, distribución, fraccionamiento de los

productos que la sociedad importa. C) Fiduciaria: actuar como fiduciaria, en todo tipo de fideicomisos, incluyendo

pero no limitando a fideicomisos ordinarios, privados, de acciones, convencionales, de garantía, para programas

de propiedad participada, de administración, de inversión, financieros y todo otro tipo de fideicomisos y servicios

fiduciarios, pudiendo inscribirse en los registros respectivos o que correspondieren de acuerdo a la naturaleza del

fideicomiso, para lo cual contará con las facultades de aceptar, adherir o suscribir contratos de fideicomiso, ejercer

fiducias, mandatos y gestiones, recibir y aceptar la propiedad fiduciaria de toda clase de bienes y transmitirla

a favor de los beneficiarios, fideicomisarios, fiduciantes o terceros, según corresponda conforme al mandato

recibido, arrendar, liquidar o enajenar los bienes fideicomitidos, realizar pagos a los beneficiarios, fiduciantes,

fideicomisarios o terceros que le sean indicados, gravar los bienes fideicomitidos cuando lo requieran los fines

del fideicomiso, ejercer todo tipo de acciones de defensa de los bienes del fideicomiso, y llevar a cabo cuantas

más actividades o gestiones que le imponga la normativa vigente. Se reformo el artículo 3°. Autorizado según

instrumento privado asamblea extraordinaria de fecha 17/02/2025

Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 21/02/2025 N° 9685/25 v. 21/02/2025