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N° 10228/25 Aviso del Boletín Oficial

INCAS VISTA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 24 de febrero de 2025

Texto del aviso

INCAS VISTA S.A.

CUIT 30-716957256. Por Asamblea del 16.01.2025 se aprobó la reforma del artículo 3 del estatuto social, quedando

redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: (OBJETO SOCIAL) La sociedad tiene por objeto

dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, A) a la importación, exportación,

fabricación, compra, venta, distribución y/o comercialización de: (i) chalecos antibalas y de sus componentes y/o

materiales de cualquier tipo, ya sea en estado puro o en el estado de placas, así como de todos los materiales

balísticos y no balísticos inherentes a la fabricación de dichos productos, de todo tipo de blindajes, castilletes,

bunkers de seguridad en general, especialmente de la industria bancaria, y otros productos afines; (ii) de vidrios

biselados, pulidos, laminados, espejos, vitrales, vidrios blindados, blindaje automotriz, accesos blindados, vidrios

curvos, vidrios de plano normal, multilaminados, vidrios para construcción, decoración en todas sus formas,

vidrios para la industria automotriz, modificación de autopartes de carrocerías; (iii) de repuestos y accesorios para

automotores, para unidades nuevas, usadas y utilitarios y de materiales de blindaje; (iv) de camiones blindados,

cajas de seguridad, puertas tesoro, armarios, gabinetes y casillas de seguridad, cerraduras de alta seguridad,

precintos de seguridad, casco de seguridad, cascos balísticos, uniformes, escudos de seguridad, escudos

balísticos, placas anti-fusil, equipamiento antidisturbios en general, ropa en general de seguridad y metalúrgica

pesada, B) a la fabricación, transformación, montaje, y equipamiento de vehículos de serie, especiales y minibuses,

adaptaciones de accesorios sobre automóviles, pick up, utilitarios, talleres móviles, isotérmicos, montaje de cajas

sobre chasis y pickups; C) a la prestación de servicios de reparación, repotenciación, mantenimiento y de blindaje

de vehículos mediante la explotación de un taller de mecánica y chapa de automotor y de blindajes de moto

vehículos, comercialización de repuestos, accesorios, y todo lo que hace a la industria automotriz; D) servicio

de tratamiento, disposición y destrucción de bienes y productos varios, incluyendo el servicio de destrucción

de materiales de usos especiales (MUE), tales como chalecos antibalas y/u otras protecciones corporales,

opacos y transparentes, contempladas en las normas RENAR MA. 01, MA. 01-A1, Norma Técnica Nacional de

Certificación de modelos de Chalecos Antibalas y Otras Protecciones Corporales Actualización IV – ANMaC

2023, MA. 02, y las que se dicten y/o reemplacen en el futuro; E) a la prestación de servicios de organización,

asesoramiento administrativo, comercial, financiero, técnico, económico y profesional para todo lo vinculado con

el objeto expuesto en los puntos anteriores; F) recepción, revisión y desmonte y/o desarme de automotores; G) a

la explotación integral de concesionarias y agencias de venta de automotores y moto vehículos, compra y venta

de vehículos nuevos y usados y blindados ya sea de uso común y/o especializado en blindajes; H) al alquiler de

autos, camionetas y vehículos en generales blindados o sin blindar; I) a la compra y venta de armas de fuego,

municiones de distintos calibres y armamento no letal; J) a la elaboración y ejecución de toda clase de proyectos

de construcción, edificación, refacción, relevamiento y reciclado de inmuebles, urbanos y rurales. A tales efectos,

la sociedad tiene plena capacidad para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda

actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en

su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar

como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores;

tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de

Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.” Autorizado según instrumento

privado Acta de Asamblea de fecha 16/01/2025

jose ignacio herrero - T°: 88 F°: 814 C.P.A.C.F.

e. 24/02/2025 N° 10228/25 v. 24/02/2025