N° 10202/25 Aviso del Boletín Oficial
RUKAS VANCOR S.A.
Texto del aviso
RUKAS VANCOR S.A.
(CUIT 30-71531401-7) Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 12/12/2024 se resolvió: (1) Aumentar el
capital social de $ 100.000 a $ 15.511.720, mediante la capitalización de la cuenta de ajuste de capital por la suma
de $ 411.720 y la capitalización de aportes irrevocables por la suma de $ 15.000.000; (2) Emitir 15.411.720 acciones
ordinarias nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital
se encuentra integrado en su totalidad; (3) Reformar el Artículo Cuarto del Estatuto, el cual quedó redactado de
la siguiente manera: “Artículo Cuarto: El capital social se fija en la suma de $ 15.511.720 pesos representado por
15.511.720 acciones ordinarias, nominativas, no endosables de UN PESO valor nominal cada acción, con derecho
a un voto cada una. El Capital puede aumentarse hasta el quíntuplo mediante resolución de la Asamblea General
Ordinaria, de conformidad con el artículo 188 de la Ley 19.550, pudiendo delegar la Asamblea en el Directorio
la época de emisión, la forma y condición de pago.” Composición de capital social luego del aumento: a) Lucas
Alvarez Bayón titular de 7.670.740 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y
con derecho a 1 voto por acción, b) Luciana Andrea Caniggia titular de 7.670.740 acciones ordinarias, nominativas
no endosables de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a 1 voto por acción y c) Natalia Lardizabal titular de
170.240 acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a 1 voto
por acción; (4) Reformar el Artículo Décimo del Estatuto, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “Artículo
Décimo: a) Las asambleas generales de accionistas pueden ser citadas simultáneamente en primera y segunda
convocatoria en la forma establecida para la primera por el Articulo 237 de la Ley 19.550, sin perjuicio de lo allí
dispuesto para el caso de la asamblea unánime. La asamblea general en segunda convocatoria podrá celebrarse
el mismo día, una hora después de la fijada en la primera. Sin embargo, esto no será de aplicación cuando la
Sociedad se encuentra comprendida por las disposiciones del Articulo 299 de la Ley 19.550. b) Las Asambleas,
siempre que la ley lo permita, podrán celebrarse a distancia, mediante la utilización de medios o plataformas
informáticas o digitales con reproducción simultánea de audio y video entre sus participantes y de acceso gratuito
para los legitimados a participar del acto, en la medida que se cumplan las siguientes condiciones: (i) La libre
accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; (ii) La posibilidad de participar de la reunión a distancia
mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; (iii) La participación con voz y
voto de todos los miembros y del órgano de fiscalización, en su caso; (iv) Que la reunión celebrada de este modo
sea grabada en soporte digital; (v) Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por
el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier miembro que la solicite; (vi) Que la reunión
celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que
participaron y estar suscriptas por el representante social. (vii) Que en la convocatoria y en su comunicación por
la vía legal y estatutaria correspondiente, se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación
elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación.”; (5) Determinar el número de
Directores Titulares en uno y el número de Directores Suplentes en uno y (6) Designar un nuevo Directorio: Director
Titular: Lucas Álvarez Bayón y Director Suplente: Luciana Andrea Caniggia. Todos los Directores aceptaron el
cargo y constituyen domicilio especial en la calle Vidal 3054, CABA. Autorizado según instrumento privado Acta
de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 12/12/2024
Maria Regina Oneto Gaona - T°: 68 F°: 706 C.P.A.C.F.
e. 24/02/2025 N° 10202/25 v. 24/02/2025