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N° 7541/2023 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

Edictos Judiciales miércoles, 26 de febrero de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50

El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N* 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco

Robledo, Secretaría n* 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, hace saber que con fecha 10/02/2025 ha sido

decretada la quiebra de ZUNINO NICOLAS CARLOS, con CUIT N* 20331854914, en los autos “ZUNINO, NICOLAS

CARLOS s/QUIEBRA”, expediente N° 7541/2023. Los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación

y los títulos pertinentes ante la síndica, contadora OLIVEROS PERALTA LILIANA MABEL, con domicilio constituido

en la calle Viamonte 1337 2do piso “B” de CABA, Tel: 4372-8135, hasta el día 05/05/25. Los acreedores podrán

enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la sindicatura (lioliveros@hotmail.com ) adjuntando en

formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se

deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico del síndico. En caso de que alguno de los insinuantes

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.618 - Segunda Sección 85 Miércoles 26 de febrero de 2025

deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia

electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura, abierta en el Bco. Ciudad de Bs. As., Suc. 58, Caja de Ahorro

Nº 580200075149; CBU 0290058210000000751493. El citado funcionario presentará el informe previsto por el art.

35 LCQ el día 18/06/25, y el prescripto por el art. 39 LCQ el día 14/08/25. Asimismo se intima a la fallida para que

dentro de las 24 hs. se haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación

contable perteneciente a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley

24.522. y constituya domicilio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímese

a terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura

en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese

por 5 días sin previo pago en el BOLETIN OFICIAL. Buenos Aires, 21 de febrero de 2025.- FDO.: DR. FEDERICO

H. CAMPOLONGO, SECRETARIO HORACIO F. ROBLEDO Juez - FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 24/02/2025 N° 10265/25 v. 28/02/2025