N° 7541/2023 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 25 - SECRETARÍA NRO. 50
El JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL N* 25 a cargo del Dr. Horacio Francisco
Robledo, Secretaría n* 50 a cargo del Dr. Federico H. Campolongo, hace saber que con fecha 10/02/2025 ha sido
decretada la quiebra de ZUNINO NICOLAS CARLOS, con CUIT N* 20331854914, en los autos “ZUNINO, NICOLAS
CARLOS s/QUIEBRA”, expediente N° 7541/2023. Los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación
y los títulos pertinentes ante la síndica, contadora OLIVEROS PERALTA LILIANA MABEL, con domicilio constituido
en la calle Viamonte 1337 2do piso “B” de CABA, Tel: 4372-8135, hasta el día 05/05/25. Los acreedores podrán
enviar sus pedidos de verificación al correo electrónico de la sindicatura (lioliveros@hotmail.com ) adjuntando en
formato PDF copia de la documentación fundante del pedido. Las observaciones a los pedidos verificatorios se
deberán remitir a la misma dirección de correo electrónico del síndico. En caso de que alguno de los insinuantes
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.618 - Segunda Sección 85 Miércoles 26 de febrero de 2025
deba cumplir con el pago del arancel verificatorio del art. 32 LCQ, el mismo podrá efectuarse mediante transferencia
electrónica a la cuenta bancaria de la sindicatura, abierta en el Bco. Ciudad de Bs. As., Suc. 58, Caja de Ahorro
Nº 580200075149; CBU 0290058210000000751493. El citado funcionario presentará el informe previsto por el art.
35 LCQ el día 18/06/25, y el prescripto por el art. 39 LCQ el día 14/08/25. Asimismo se intima a la fallida para que
dentro de las 24 hs. se haga entrega al síndico de todos sus bienes, papeles, libros de comercio y documentación
contable perteneciente a su negocio o actividad y para que cumpla los requisitos exigidos por el art. 86 de la ley
24.522. y constituya domicilio bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado. Intímese
a terceros que tengan bienes y documentos de la quebrada en su poder a ponerlos a disposición de la sindicatura
en el plazo de cinco días, prohibiéndose hacer pagos a la misma, los que serán considerados ineficaces. Publíquese
por 5 días sin previo pago en el BOLETIN OFICIAL. Buenos Aires, 21 de febrero de 2025.- FDO.: DR. FEDERICO
H. CAMPOLONGO, SECRETARIO HORACIO F. ROBLEDO Juez - FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO
e. 24/02/2025 N° 10265/25 v. 28/02/2025