N° 10264/25 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
EDICTO: por disposición de la Sra. Jueza de Cámara, Dra. Noemí M. Berros, se ha ordenado comunicar la parte
resolutiva en lo pertinente de fs. 181/182 vta., de la causa FPA 6883/2013/TO1 caratulado “DIAZ AGUERO,
CARLOS ANIBAL SOBRE FALSIFICACION DOCUMENTO DESTIN. A ACREDITAR IDENT” y su acumulado FPA
12013169/2013/TO1 caratulado “DIAZ AGUERO, CARLOS ANIBAL SOBRE FALSIFICACION DOCUMENTOS
PUBLICOS” que tramita ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación
del SOBRESEIMIENTO de Carlos Aníbal DIAZ AGUERO uruguayo, sin apodos, CI uruguaya 1.245.583-6, nacido
el 9/4/1951 en la ciudad de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, soltero, gastronómico, con estudios
secundarios completos, hijo de Carlos Diaz y Clementina Agüero, con ultimo domicilio en Barrio Hipódromo,
manzana 5, casa 25 de la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos; de acuerdo al siguiente texto que
se transcribe: “////raná, RESOLUCIÓN 230/24. Paraná, 2 de diciembre de 2024.- Y VISTO: El presente expediente
FPA 6883/2013/TO1 caratulado “DIAZ AGUERO, CARLOS ANIBAL SOBRE FALSIFICACION DOCUMENTO
DESTIN. A ACREDITAR IDENT” y su acumulado FPA 12013169/2013/TO1 caratulado “DIAZ AGUERO, CARLOS
ANIBAL SOBRE FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS”...CONSIDERANDO:...SE RESUELVE: 1º). DEJAR
SIN EFECTO LA REBELDÍA Y CAPTURA oportunamente decretada a fs. 161 y vta. de la causa FPA 6883/2013,
respecto de Carlos Aníbal Díaz Agüero, sin apodos, uruguayo, C.I. uruguaya1.245.583-6; nacido el 09/04/1951
en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay; soltero; gastronómico; con estudios secundarios
completos, hijo de Carlos Díaz y de Clementina Agüero; con último domicilio en Barrio Hipódromo, manzana 5,
casa 25 de la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos. 2º). DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL
por prescripción (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º, ambos del C.P.) y, en consecuencia SOBRESEER (arts. 336 inc. 1º
y 361 del C.P.P.N.) a Carlos Aníbal Díaz Agüero, datos personales detallados supra, por el hecho acaecido el 6
de agosto de 2012 y calificado como falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de las
personas (art. 292, segundo párrafo del CP.) en la causa FPA 6883/2013 y por el hecho sucedido el 21 de diciembre
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.619 - Segunda Sección 90 Jueves 27 de febrero de 2025
de 2012 y calificado como falsificación de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas
(art. 292, segundo párrafo del CP.) en la causa FPA 12013169/2013...REGISTRESE, publíquese, notifíquese, líbrense
los despachos del caso y, en estado, archívese. Fdo Lilia G. Carnero - Presidente -“
LILIA GRACIELA CARNERO Juez - Valeria Iriso Secretaria de Cámara
e. 24/02/2025 N° 10264/25 v. 28/02/2025