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N° 1651/2001 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

Edictos Judiciales miércoles, 5 de marzo de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.

7 - SECRETARÍA NRO. 13

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 13, notifica a Huang XIANCHANG (Pasaporte

de la República Popular China N° 2.065.249) de lo dispuesto por el tribunal con fecha 27/02/2025, en la causa

N° 1651/2001, caratulada: “HUANG XIANCHANG SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”: “Buenos Aires, 27 de febrero

de 2025. AUTOS Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... Por las razones expresadas, corresponde y así RESUELVO:

I.- SOBRESEER TOTALMENTE a Huang XIANCHANG (pasaporte de la República Popular China N° 2.065.249), con

relación a la presunta apropiación indebida de los aportes a la seguridad social retenidos al personal en relación de

dependencia de “PESQUERA SUR S.A.”, correspondientes a los períodos mensuales 03/2001, 04/2001 y 05/2001,

porque aquellas omisiones ya no encuadran en una figura legal (artículo 336 inciso 3°, del C.P.P.N., 4 del Régimen

Penal Tributario y Previsional establecido por el artículo 279, de la ley 27.430 (B.O 29/12/2017), 2 del Código

Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). II.- DECLARAR que la formación del

presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado Huang XIANCHANG con relación a

las omisiones mencionadas por el punto anterior (artículo 336, último párrafo). III.- LEVANTAR la rebeldía dispuesta

respecto de Huang XIANCHANG (pasaporte de la República Popular China N° 2.065.249), y DEJAR SIN EFECTO

la captura ordenada oportunamente. IV.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese,

protocolícese, notifíquese a Huang XIANCHANG por edictos y al señor representante del Ministerio Público

Fiscal mediante cédula electrónica. Firme, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, a la Secretaría

de Cooperación con los Poderes Judiciales, Ministerio Público y Legislaturas del Ministerio de Seguridad de la

Nación, quien deberá circularizar la comunicación entre las fuerzas de seguridad y a Secretaría Electoral. Según

copia que se acompaña.- FDO: JUAN P. GALVAN GREENWAY - JUEZ, ANTE MI: A. MARIANA ZABALA DUFFAU,

SECRETARIA.”. Juan GALVÁN GREENWAY Juez - A. Mariana ZABALA DUFFAU secretaria

e. 05/03/2025 N° 12227/25 v. 05/03/2025