N° 12077/25 Aviso del Boletín Oficial
SEMILLAS MAGNA S.A.
Texto del aviso
SEMILLAS MAGNA S.A.
CUIT: 30-70918669-4. Por Actas de Asambleas Ordinaria Nº 26 del 10/05/2024 y Extraordinaria Nº 27 del
20/12/2024 y Acta de Directorio Nº 70 del 22/08/2024 se resolvió: 1) Aceptar la renuncia a sus cargos de Pedro
August Bridger (presidente) y Haraldo Pablo Eckell (director suplente). 2) designar sus reemplazantes hasta el
vencimiento del mandato el 31/12/2025: Directorio: Presidente: Patricio Bunge y Director Suplente: Juan Ignacio
Capdevielle, quienes fijan domicilio especial en la calle Viamonte 349 piso 2º – CABA. 3) fijar la nueva sede legal en
la calle Viamonte 349 piso 2º - CABA. 4) cambiar la denominación social por SAN DIEGO AGROMERCADOS S.A.
5) reformar los arts. 1º, 4º y 11º (garantía directores) del Estatuto social. ART. 1º: Denominación: La sociedad se
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.621 - Segunda Sección 13 Miércoles 5 de marzo de 2025
denomina “SAN DIEGO AGROMERCADOS S.A.” y es continuadora de “SEMILLAS MAGNA S.A.”. ART. 4º: Objeto
Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, la siguiente
actividad: Desempeñarse como Agente Productor, de acuerdo a lo previsto en las Normas de la Comisión Nacional
de Valores (N.T. y modificaciones) y, en consecuencia, llevar adelante actividades de asesoramiento en el ámbito
del Mercado de Capitales y de difusión y promoción de valores negociables autorizados a la oferta pública en
la República Argentina, vinculados contractualmente y bajo responsabilidad de un Agente de Negociación y/o
de un Agente de Liquidación y Compensación y/o de un Agente Asesor Global de Inversiones.- En el marco de
su actuación, la sociedad podrá captar clientes para los citados agentes, así como referenciar fondos comunes
de inversión, previa suscripción de los convenios respectivos.- Autorizado según instrumento privado Acta de
Asamblea Extraordinaria Nº 27 de fecha 20/12/2024
Silvina Beatriz Diez Mori - T°: 52 F°: 676 C.P.A.C.F.
e. 05/03/2025 N° 12077/25 v. 05/03/2025