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N° 12599/25 Aviso del Boletín Oficial

PRIME REAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 6 de marzo de 2025

Texto del aviso

PRIME REAL S.A.

Constitución por escritura pública del 27/12/2024. Socios: Marcelo Hugo ROCCHETTI, argentino, 13/11/68,

soltero, abogado, D.N.I. 20.404.632, C.U.I.T. 20-20404632-9, domiciliado en Azucena Villaflor 669, piso 45, Torre

1, C.A.B.A.; Federico Horacio ROCCHETTI, argentino, 15/11/70, soltero, empresario, D.N.I. 21.924.523, C.U.I.T.

20-21924523-9, domiciliado en Nueva York 4634, C.A.B.A.; Guido STEFANI, argentino, 04/10/1984, casado,

arquitecto, D.N.I. 31.252.521, C.U.I.T. 20-31252521-7, domiciliado en Av. Figueroa Alcorta 3098, piso 4, C.A.B.A.;

Gastón STEFANI, argentino, 19/07/86, soltero, arquitecto, D.N.I. 32.523.104, C.U.I.T. 20-32523104-2, domiciliado en

Av. Figueroa Alcorta 3098, piso 4, C.A.B.A.; Ramiro Eugenio Negro, argentino, casado, 12/08/86, empresario, D.N.I.

32.553.540, C.U.I.T. 20-32553540-8, domiciliado en Montevideo 1618, piso 3°, depto “B”, C.A.B.A. Denominación:

“PRIME REAL S.A.” Sede social: Pierina Dealessi 1070, piso 1, C.A.B.A. Objeto: realizar por cuenta propia, de

terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, inversiones en diferentes clases de activos, tangibles

o intangibles, títulos, acciones u otros va-lores mobiliarios y/o papeles de comercio, nacionales o extranjeros, y en

negocios en curso o a realizarse a través de diferentes vehículos, como ser la inversión inmobiliaria y/o en activos

empresarios, industriales, agropecuarios, participaciones en empresas y todo tipo de sociedades, mediante

las figuras admitidas por la legislación argentina, incluso el fideicomiso, de garantía o custodia o cualquier otra

variante, asumiendo el rol de fiduciante, fiduciaria, beneficiara y/o fideicomisaria o cualquier otro rol legalmente

admitido, y el leasing en cualquiera de sus roles y variantes, el aporte de capital a sociedades, y todas otras

modalidades existentes y que pudieran crearse, todo lo cual también podrá efectuar sobre bienes muebles,

semovientes y cualquier otro tipo de bienes registrables, y realizar y recibir inversiones o aportes de capitales con

las limitaciones del art. 31 de la Ley 19.550 y sus modificatorias, pudiendo llevar a cabo la realización de todo tipo

de negocios inmobiliarios, lo que efectuará mediante la compra y venta de inmuebles en general, ya sean urbanos o

rurales, renta, fraccionamiento de tierras, loteos, mejoras, urbanizaciones, administraciones, permutas, hipotecas,

arrendamientos, locaciones, subdivisiones, usufructos, superficie, fideicomisos, todo ello en cualquiera de sus

roles, explotación, administración de inmuebles en general, ya sean urbanos o rurales, renta, fraccionamiento de

tierras, loteos, mejoras, urbanizaciones, ejecución de desarrollos inmobiliarios de cualquier índole, mediante las

figuras admitidas por la legislación argentina, incluso el fideicomiso, el leasing, el aporte de capital a sociedades

por constituir o constituidas, y todas otras modalidades existentes y que pudieran crearse, y la construcción y/o

refacción de obras públicas o privadas de todo tipo, inclusive por el régimen de la Propiedad Horizontal, introducir

mejoras o modificaciones en los inmuebles, explotaciones de playas de estacionamiento, parques industriales

y/o habitacionales o comerciales, y pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias

de terceros; todo lo cual también podrá efectuar sobre bienes muebles, semovientes y cualquier otro tipo de

bienes registrables, incluyendo complejos habitacionales y/o comerciales modulares o realizados, construidos

y/o comercializados en base de unidades modulares transportables o contenedores marítimos transformados

del tipo móvil o transportable y/o equivalentes aptos para cualquier destino, inclusive la casa vivienda habitación,

oficinas, obradores, sanitarios que se encuentren en y/o formando parte y/o instalados en cualquier tipo inmuebles

o predios rurales y/o urbanos, y/o todo tipo de explotaciones, tales como la transformación, construcción,

instalación, importación, exportación, desarrollo y/o comercialización en todas sus formas, concesiones totales

o parciales. Además, la sociedad podrá llevar a cabo actividades financieras, mediante inversiones y aportes

de capitales a particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse para negocios presentes o

futuros, compra-venta de títulos, acciones u otros valores mobiliarios nacionales o extranjeros, constitución o

transformación de hipotecas y otros derechos reales, otorgamiento de créditos en general, sean o no garantizados,

y toda clase de operaciones financieras y de inversiones permitidas por las leyes, incluyendo el otorgamiento de

avales, fianzas y cualquier otro tipo de garantías, sean personales, reales o mixtas, de obligaciones propias o de

terceros, no pudiendo realizar las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que

requiera el concurso del ahorro público. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad para

realizar toda clase de actos, con-tratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto,

inclusive emitir obligaciones negociables, importar y exportar productos y materiales, intervenir en actuaciones

ante entidades bancarias y/o financieras, y otorgar toda clase de poderes generales o especiales, y ejercer los

actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Aquellas actividades que requieran el concurso

de profesionales con título habilitante, solo se efectuarán con la intervención de éstos. Plazo: 99 años a contar

desde su inscripción en el registro público. Capital: $ 30.000.000 suscripto íntegramente en acciones ordinarias,

nominativas no endosables, de $ 1 de valor nominal c/u y 1 voto por acción, así: Marcelo Hugo Rocchetti, Federico

Horacio Rocchetti, Guido Stefani y Gaston Stefani: 3.750.000 acciones, cada uno de ellos, y Ramiro Eugenio Negro:

15.000.000 acciones. Todos integraron -en sus respectivas proporciones- el 25% de las acciones, obligándose a

integrar el saldo restante dentro del plazo legal. Órgano de administración: Presidente: Sergio Pedro Jachadurian.

Director Suplente: Gaston Stefani, quienes constituyen domicilio especial en el de la sede social. Representación:

Presidente. Se prescinde de Sindicatura. Fecha cierre de ejercicio: 31/12. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 112 de fecha 27/12/2024 Reg. Nº 2122

Horacio Alfredo Pinasco - Matrícula: 4642 C.E.C.B.A.

e. 06/03/2025 N° 12599/25 v. 06/03/2025