N° 13335/25 Aviso del Boletín Oficial
CYHSUR S.A.
Texto del aviso
CYHSUR S.A.
CUIT: 30-71802514-8.Por acta de asamblea n° 4 del 16/01/2025 se modifico “ARTICULO CUARTO: OBJETO:
CONSTRUCTORA: construcción de edificios, sujetos o no al régimen de Propiedad Horizontal, casas, galpones,
locales, dirección, administración, ejecución de proyectos, parquizacion, remodelamiento, demolición,
subdivisión, fraccionamiento, parcelamiento, zonificación, loteo, organización y administración de inmuebles
urbanos, suburbanos y/o rurales, clubes de campo, barrios privados y/o consorcios de propietarios, compra,
venta, comercialización, explotación, permuta, locación, arrendamiento, explotación, y administración de los
mencionados inmuebles, prestación de servicios relativos a la construcción, urbanización, formación de barrios
cerrados, clubes de campo, y/o cualquier otro emprendimiento urbanístico destinado a la propiedad residencial.
B) OPERACIONES INMOBILIARIAS, compraventa, permuta, alquiler, arrendamientos de propiedades inmuebles,
inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal, así como también toda clase de operaciones
inmobiliarias incluyendo el funcionamiento y el posterior loteos de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización,
clubes de campo, pudiendo tomar la venta o comercialización de operaciones inmobiliarias de terceros. También
podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles, propias o de terceros, y a proveer servicios de
asesoramiento y gerenciamiento de proyectos inmobiliarios de todo tipo, como administrador, fiduciante, fiduciario
o beneficiario. C) CONSTRUCTORA: Planificar, diseñar, organizar, programar, dirigir y controlar la construcción y
montaje industrial de todo tipo de obra y diseño de plantas potabilizadoras de agua y de tratamiento de efluentes
y sus derivados: construcción de estructuras metálicas, electromecánicas o de hormigón para obras de carácter
público o privado. D) COMIRCIALES: Mediante Ia compra venta, cesión. Leasing, alquileres, administración y
representación, consignación, comercialización e intermediación de bienes y servicios de cualquier naturaleza,
Inmuebles, muebles, registrables o no, y en especial el alquiler de vehículos automotores, con o sin conductores
u operarios, incluso de uso comercial, industrial y agropecuario. Asimismo podrá realizar cualquier otra actividad
que se relacione o vincule con cada una de las actividades descriptas precedentemente. Cuando la índole de
la materia lo requiera se contará con profesionales con título habilitante. E) AGROPECUARIA: Explotación de
establecimientos agrícolas, ganaderos, frutícolas, forestales, campos, granjas, cabañas; Cría, engorde e invernada
de ganado (vacuno, caprino, porcino, equino y todo otro); fruticultura, avicultura y tambo. Comercialización,
distribución, depósito, conservación, fraccionamiento, envasado, importación, exportación, elaboración y
producción de semillas, cereales, oleaginosas, haciendas, ganados, frutos y de todo otro producto derivado de
esas explotaciones o que tenga aplicación en las mismas. Acopiar cereales, oleaginosos y todo otro fruto de
la agricultura. Adquirir, enajenar, alquilar, dar o tomar en leasing, reparar. Importar, exportar máquinas, equipos
e insumos destinados a esas explotaciones, F) LOGISTICA: La explotación comercial del transporte de carga,
logística, mercaderías en general, fletes, acarreos, encomiendas y equipajes, nacionales e internacionales, por vía
terrestre, aérea, fluvial o marítima, su distribución, almacenamiento, depósito y embalaje, en vehículos propios o
de terceros. G) FINANCIERA: A los fines de la consecución de su objeto, podrá realizar operaciones financieras
o bancarias de cualquier clase, en moneda nacional o extranjera, pudiendo licitar y concertar préstamos o
créditos o descuentos y concederlos, sea en dinero en efectivo o de cualquier naturaleza, con garantías reales o
personales, de cualquier clase de bancos, como también de particulares o compañías financieras, sin limitación
de tiempo ni monto, pudiendo para ello suscribir letras, bonos, pagarés, prendas, hipotecas y toda clase de
documentos y contratos que se exijan o deban exigir para este cometido, con exclusión de las comprendidas
por la Ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. A tal efecto, la sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por este estatuto. H) MANDATOS Y SERVICIOS: Mediante el Desarrollo de toda clase
de representaciones, distribución, comisión, consignación, mandatos y estudios de marketing y societarios. I)
IMPORTAR Y EXPORTAR: importación y exportación de materias primas, bienes, productos y mercaderías, para su
comercialización y distribución por cuenta propia o para terceros mandantes, así como también la intermediación
en los procesos de importación y exportación. J) Prestación de cualquier tipo de servicios relacionados con la
industria hidrocarburifera y gasífera. Transporte de cargas sólidas, líquidas y gaseosas. Transportes de residuos y
sustancias peligrosas. Prestación por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, de servicios profesionales
y técnicos para la ejecución de obras o servicios en la industria hidrocarburifera y gasífera. Locación de bienes
en relación a la actividad que desarrolla la sociedad. Cuando las normas así lo requieran se dará cumplimiento
al objeto social por intermedio de profesionales en la disciplina que se trate con título habilitante otorgado por
autoridad competente. Representaciones: Ejercicios de representaciones, comerciales e industriales, mandatos,
comisiones, consignaciones, estudios, proyectos, brokerage e investigación y todo otro tipo de asistencia técnica
en la industria hidrocarburifera y gasífera. Importadora y Exportadora: Importar y exportar toda clase de bienes
útiles para el cumplimiento del objeto social. Comercial: Fabricación y comercialización de bienes relacionados
con la industria hidrocarburifera y gasífera: comprar, vender, consignar, distribuir, importar, exportar aparatos,
equipos, elementos. Materiales, herramientas, partes y repuestos. Para el mejor cumplimiento de su objeto social
la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Realizar toda clase de
actos jurídicos vinculados, directa o indirectamente, al cumplimiento de su objeto social, que no sean expresamente
prohibidos por las leyes o por este estatuto. Las actividades que así lo requieran serán realizadas exclusivamente:
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.624 - Segunda Sección 8 Lunes 10 de marzo de 2025
por profesionales habilitados legalmente para para ellos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones, presentarse a licitaciones, inclusive del Estado Nacional y demás
reparticiones estatales, y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. La sociedad
podrá financiar les actividades enumeradas otorgando y recibiendo préstamos con o sin garantía y/o aportes de
personas o sociedades, quedando excluidas todas aquellas operaciones que queden comprendidas dentro del
ámbito de aplicación de la ley de entidades financieras. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea
de fecha 16/01/2025
Virginia Gatti - Matrícula: 4930 C.E.C.B.A.
e. 10/03/2025 N° 13335/25 v. 10/03/2025