N° 13461/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6
El Sr. Juez Santiago R. Carrillo, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal
Nro. 3, Secretaría Nro. 6, a cargo de la Dra. Maria Florencia Massa, sito en Tucumán 1381, piso 2º, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires comunica por DOS (2) días, que en autos caratulados “ROMERO JUAN CARLOS
c/ GCBA -CROMAÑON Y OTROS s/DAÑOS y PERJUICIOS” (Expediente Nro. 49.942/2011), dispuso notificar
mediante edicto al Sr. Elio Rodrigo Delgado la Sentencia de fecha 17 de diciembre de 2024 que, en su parte
pertinente, dice: “Buenos Aires, 17 de diciembre de 2024…. RESUELVE: 1º) Admitir el recurso interpuesto por
el Sr. J. C. R. y, en consecuencia, elevar el monto otorgado en concepto de “daño moral”, fijándolo en la suma
de pesos dos millones setecientos cincuenta mil ($ 2.750.000) por el referido rubro (cfr. Considerando XIV); 2º)
Rechazar los recursos interpuestos por el Estado Nacional y por el G.C.B.A. en su totalidad; y, 3º) Confirmar la
imposición de costas discernida en la sentencia apelada, e imponer las costas de esta instancia a los recurrentes
vencidos, G.C.B.A. y Estado Nacional (cfr. artículo 68, primer párrafo, del C.P.C.C.N.). Regístrese, notifíquese y,
oportunamente, devuélvase. SE HACE SABER QUE EL ACTOR, SR. JUAN CARLOS ROMERO CUENTA CON
BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS EN TRÁMITE Y POR CONSIGUIENTE EXENTO DEL PAGO DE IMPUESTOS Y
SELLADOS DE ACTUACIONES (CFR. ART. 83 CPCCN). El pronunciamiento completo de fecha 17 de diciembre de
2024 puede consultarse en el siguiente link: https://scw.pjn.gov.ar/scw/viewer.seam?id =N2IjWDYHqT0uJkxrJ4d13
%2B911UzWffm7ohLSwHFkVpM%3D &tipoDoc=despachoEl auto que ordena el presente, en su parte pertinente
dice: Buenos Aires 30 de Diciembre de 2024... En atención al estado de la causa, notifíquese al Sr. Elio Rodrigo
Delgado y al Sr. Raúl Alcides Villarreal de la Sentencia de segunda instancia, mediante edicto que se publicará en
el Boletín Oficial –por el juzgado– y se acreditará mediante la agregación al expediente (arts. 145 y 146, CPCCN).
Se hace saber al presentante que el confronte y firma del documento será enteramente digital, para lo cual deberá
subir al sistema un archivo con el proyecto de edicto. Firmado en Ciudad de Buenos Aires en la fecha que indica
la constancia de firma electrónica. AC Firmado en Ciudad de Buenos Aires en la fecha que indica la constancia de
firma electrónica(6-3-2025). AC
MARÍA FLORENCIA MASSA
SECRETARIA FEDERA
SANTIAGO R. CARRILLO Juez - MARIA FLORENCIA MASSA SECRETARIA FEDERAL
e. 10/03/2025 N° 13461/25 v. 11/03/2025