N° 13883/25 Aviso del Boletín Oficial
SUPRESTAMO S.A.S.
Texto del aviso
SUPRESTAMO S.A.S.
CUIT 30718543904. Por Acta de Reunión de Socios N° 2 del 13/02/2025 Reformó Artículo 3 del estatuto
quedando así: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o
ajena o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: I. Actividades Comerciales: a la
creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación,
importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales, la prestación de
servicios (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones,
espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías,
investigación e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras;
(g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas
sus formas; (i) Salud, y (j) Transporte. II. Pagos y cobranzas en general: Al servicio electrónico de pagos y/o
cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios como
así también las utilizadas en igual forma por los agentes oficiales de dichas empresas, transacciones privadas
de todo tipo, incluyendo tarjetas de crédito o cualquier modo digital de originación. Servicios Particulares de
pagos y cobranzas: Operaciones de medios de pago masivos, mediante mecanismo de débito en cuenta, tarjetas
de débito o tarjetas de crédito; operaciones con cámaras electrónicas de compensación de medios de pago,
títulos, valores y documentos. Procesamiento de información y datos involucrados en el servicio de compensación
electrónica de medios de pago. III. Servicios de cobranzas y/o pagos como proveedor de servicios de pagos
(PSP), pudiendo realizar las siguientes actividades: 1) actuar como proveedor de servicios de pagos cumpliendo
la normativa vigente que regule esa actividad, incluyendo su registro como PSP, 2) ofrecer cuentas de pago
de libre disponibilidad a sus clientes para ordenar y/o recibir pagos dentro de un esquema de pago minorista,
3) administrar y operar transferencias a través del uso de dispositivos de comunicación móviles y/o cualquier
soporte electrónico y/o digital, así como también el servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y
orden de terceros, aceptando y ejecutando para ello mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por
cuenta y orden, en todos los casos a través de sistemas de transferencias a claves bancarias y/o virtuales, según
corresponda, mediante soporte electrónico o digital, incluyendo la iniciación y/o recepción de pagos mediante
lectura de códigos QR ya sea por transferencia y/o pagos por tarjeta de débito y/o pagos por tarjeta de crédito
y/o y por cualquier otro medio de pago que se habilite en el futuro conforme a las normas que dicte autoridad
competente 4) la agrupación de pagos a través de plataformas de gestión electrónica y/o digital, 5) la creación,
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.625 - Segunda Sección 40 Martes 11 de marzo de 2025
desarrollo, dirección, administración, comercialización, explotación y/u operación de sistemas de tarjetas de
crédito y/o débito y/o compra y/o tarjetas prepagas y/o afines, así como su emisión, en los términos previstos en la
Ley 25.065 y normas legales y reglamentarias, modificatorias y complementarias, 6) la publicación de productos
y servicios de terceros, para su promoción y/o posterior compra-venta por cuenta y orden de terceros, a través
de medios electrónicos, digitales y redes sociales, 7) la participación en el capital social de otras sociedades,
incluyendo aquellas que realicen servicios complementarios a la actividad financiera según definición otorgada a
estas últimas por el Banco Central de la República Argentina. IV. Otorgar financiaciones con o sin garantía real con
capitales propios; sea a través de canales digitales y/o en forma presencial. V) comercialización de productos por
cuenta y orden de terceros. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en
el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución
de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a
personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o
permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras,
excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público
y todas aquellas actividades a las que no esté habilitada por el tipo social.” Acta protocolizada por escritura 5 del
27/02/2025 folio 13 ante la Escribana Natalia Santos, titular Registro 1425 de CABA. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 5 de fecha 27/02/2025 Reg. Nº 1425
Natalia Alejandra Santos - Matrícula: 5308 C.E.C.B.A.
e. 11/03/2025 N° 13883/25 v. 11/03/2025