N° 15429/25 Aviso del Boletín Oficial
FINKASH S.A.
Texto del aviso
FINKASH S.A.
30-71641438-4. Por asamblea general extraordinaria del 17/12/2024 se resolvió ampliar el objeto social y en
consecuencia reformar el artículo tercero del estatuto social de la sociedad de la siguiente forma: ARTÍCULO
TERCERO: La Sociedad tiene objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, bajo cualquier
tipo de asociación prevista en la Ley General de Sociedades, en cualquier lugar de la República Argentina o en el
extranjero, las siguientes actividades: servicio electrónico de pago y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros,
de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios, como así también las utilizadas en igual forma por los
agentes oficiales de dichas empresas; Consultoría, capacitación y asesoramiento respecto de la Gestión empresarial
tanto a ejecutivos como a su personal; Análisis y recomendaciones sobre estrategias operativas y Evaluación de
Proyectos; Realización de toda clase operaciones financieras y/o de promoción de negocios e inversiones con
exclusión, en todos los casos, de las reservadas a los profesionales con título habilitante y/o aquellas que por las
disposiciones en vigencia no puedan ser realizados por la forma jurídica adoptada o se encuadren dentro de la
ley de entidades financieras; La adquisición, venta, cesión y/o arrendamiento o toma en garantía o por cualquier
otro título causal de: bonos de participación o de deuda, obligaciones negociables, acciones, fondos comunes
de inversión, debentures, derechos fiduciarios, la ejecución de operaciones financieras de Bolsa y Mercado de
capitales con valores mobiliarios y papeles de crédito ya fueren privados o con cotización publica de cualquiera
de los sistemas o modalidades creados o a crearse; gravar en garantía de cualquier operación de préstamo,
crédito o aporte, inmuebles, muebles, semovientes, patentes, diseños y procedimientos, tomar parte en negocios
y sociedades, aceptar e inscribir prendas, aporte e inversión de capitales a particulares, empresas o sociedades,
la constitución y/o transferencias de hipotecas, prendas y demás derechos reales, negociación y administración de
valores mobiliarios e inmobiliarios, fideicomisos, compra y venta de inmuebles, y/o aceptación u otorgamiento de
créditos y, en general, realizar todos los actos, contratos y operaciones que directa o indirectamente se relacionen
con los objetivos sociales y que no fueren prohibidos por las leyes o por este Estatuto. Quedan excluidas las
operaciones restringidas a las entidades financieras o toda otra que requiera el concurso público o la captación de
ahorro público, así como toda otra operación reservada por la ley a las Entidades Financieras u otras por las que
se requiera el concurso público o la captación u oferta pública de sus servicios.
Autorizado según instrumento privado Acta de asamblea de fecha 17/12/2024
Angeles Martorell - T°: 96 F°: 860 C.P.A.C.F.
e. 18/03/2025 N° 15429/25 v. 18/03/2025