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N° 16610/25 Aviso del Boletín Oficial

SAPRO GRAF S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES jueves, 20 de marzo de 2025

Texto del aviso

SAPRO GRAF S.A.

CUIT 30-70702487-5.Por Acta de Asamblea General Extraordinaria unánime 24/02/2025 se decidió modificar los

artículos TERCERO Y DECIMOPRIMERO del estatuto social.“ARTÍCULO TERCERO. OBJETO: La sociedad tiene

por objeto: dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del país a desarrollar

las siguientes actividades: Industriales: La confección de todo tipo de productos graficos, tales como etiquetas,

folletos, envases y todo producto que pueda elaborarse mediante la utilización de papeles, cartones, cartulinas,

plásticos, tintas y toda clase de materiales, productos e implementos de uso en la industria gráfica mediante

la utilización de cualesquiera de las técnicas que emplean en esa industria o sea impresión, troquelado, corte,

diseño y desarrollo de productos gráficos.Comerciales: Comercialización, importación y exportación de papeles,

tintas y todo tipo de materiales afines o relacionados a la industria gráfica, envases, etiquetas, folletos y todo tipo

de producto elaborado o semielaborado producido por la industria gráfica. Servicios: Prestación de servicios de

asistencia y asesoramiento en materia de desarrollo, producción y comercialización de productos relacionados

con la actividad gráfica. Representación y mandatos: El ejercicio de Representaciones y mandatos comerciales

que actúen en los rubros mencionados. Financiera: aporte de inversiones de capital, constitución y transferencias

de hipotecas y demás derechos reales, compra y venta de títulos, acciones y otros valores mobiliarios creados o a

crearse, otorgamiento de créditos en general, sea en forma de prenda o cualquier otra permitida por la. La sociedad

no realizará operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras ni aquellas para las cuales se requiera el

concurso público. Inmobiliaria: Compra, venta, permuta, administración, arrendamiento y urbanización de loteos

e inmuebles, incluso los comprendidos en el régimen de la propiedad horizontal. Para tales fines, la sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no le sean

prohibidos por las leyes o por este estatuto. Asimismo, en el desarrollo de las actividades descritas en el objeto

social, la sociedad además de crear valor económico procurará generar un impacto material, social y ambiental,

en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a ésta.ARTÍCULO DECIMOPRIMERO.

ADMINISTRACIÓN: La dirección y administración estará a cargo del DIRECTORIO, compuesto por el número de

miembros que determine la Asamblea, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de diez (10) directores titulares,

pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporará al Directorio por orden

de designación. Los directores tendrán mandato por TRES (3) ejercicios. Mientras la sociedad prescinda de

Sindicatura, la Asamblea deberá elegir directores suplentes en un número no mayor que el de los titulares, ni menor

a uno (1) y por el mismo plazo, con el objeto llenar la vacante que se produjera. Los directores son reelegibles

conforme lo establece el art. 256 de la Ley 19.550.- El directorio sesionará con la presencia de la mayoría absoluta

de sus miembros y resolverá por mayoría de los presentes. En caso de empate, el voto del presidente valdrá por

dos. En su primera reunión se designará un presidente y un vicepresidente, éste último cuando exista pluralidad

de directores titulares, que suplirá al primero en caso de ausencia o impedimento. La Asamblea determinará

su remuneración. En caso de asumir los suplentes, deberán efectuar el depósito en garantía en el momento de

tomar funciones. En el desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones y

actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) la sociedad, (ii) sus

socios, (iii) empleados y (iv) los clientes, proveedores y otras partes vinculadas a la sociedad. Asimismo, deberán

velar por la protección del ambiente. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores

sólo podrá ser exigible por los socios y la sociedad. Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA

GENERAL EXTRAORDINARIA de fecha 24/02/2025, María Milagro Delgado da Rosa, To. 34 Fo. 199 C.P.A.C.F.

Autorizado según instrumento privado Acta Asamblea Ordinaria de fecha 24/02/2025

Maria Milagro Delgado da Rosa - T°: 34 F°: 199 C.P.A.C.F.

e. 20/03/2025 N° 16610/25 v. 20/03/2025