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N° 8095/2019 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 104 - SECRETARÍA ÚNICA

Edictos Judiciales martes, 25 de marzo de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 104 - SECRETARÍA ÚNICA

El Juzgado Nacional de 1ra Instancia en lo Civil Nº 104, a cargo de Andres Guillermo Fraga Sec. Única a cargo

de Gabriel Angel Tamborenea, sito en la calle Talcahuano 490 Piso 1º de CABA, hace saber en los autos

caratulados “CECCHI GRISELDA c/COTO GUTIERREZ ANTONIO Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO”,

EXPTE. Nº 8095/2019 que con fecha 30/09/2024 se ordenó practicar por edicto la notificación ordenada a fs.

233 (sentencia) que se publicará en el Boletín Oficial durante el plazo de un día, respecto del codemandado

Antonio Coto Gutiérrez, dictada el 21/04/2022 cuya parte pertinente se transcribe “FALLO: I. Haciendo lugar a la

excepción de falta de legitimación opuesta por Día Argentina S.A. Con costas a la parte actora (arts. 69 y concs.

del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). II.- Haciendo lugar a la demanda deducida y en consecuencia,

condenando a Antonio Coto Gutiérrez a abonar a la parte actora, dentro de los diez días de notificados y bajo

pena de ejecución la suma de U$S56.000.- (cincuenta y seis mil dólares estadounidenses), con más las costas

del juicio (arts. 68 y concs. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y los intereses que deberán

ser calculados de la manera que se especifica en el considerando correspondiente. III.- … siendo que la labor

desarrollada en autos por los profesionales intervinientes ha transcurrido a partir de la entrada en vigencia de la

ley 27.423, corresponde su aplicación a los efectos de regular los honorarios … instituyó la Unidad de Medida

Arancelaria (UMA) para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores … teniendo en

cuenta la naturaleza, calidad y eficacia de la labor desarrollada, monto del juicio, y lo dispuesto por los art. 1, 3, 16,

19, 20, 21, 29, y ctes ley 27.423, regulo los honorarios de los profesionales intervinientes de la siguiente manera:

a) Los del Dr. Osvaldo Bruno, en su carácter de letrado apoderado de la parte actora en la suma de 285 UMA

equivalente a $ 2.120.115 (dos millones ciento veinte mil ciento quince pesos). … atento a los términos en que fue

resuelta la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la codemandada DIA, regúlense los honorarios

del Dr. Bruno en la suma de 20 UMA equivalentes a $ 148.780 (ciento cuarenta y ocho mil setecientos ochenta

pesos).- b) Los del Dr. Santiago Tomás Delacre y Nicolás José Pedrosa en su caracter de letrados apoderados

de la codemandada Día Argentina S.A, en conjunto, en la suma de 190 UMA equivalentes a $ 1.413.410 (un millón

cuatrocientos trece mil cuatrocientos diez pesos). … por la excepción planteada, regúlense los honorarios del Dr.

Pedrosa en la suma de 25 UMA equivalente $ 185.975 (ciento ochenta y cinco mil novecientos setenta y cinco).-

c) Los de la perito calígrafa Margarita Ollier, solo por la aceptación de cargo de fs. 167 en la suma de 1 UMA

equivalente a $ 7.439 (siete mil cuatrocientos treinta y nueve pesos).- d) … por la etapa prejudicial obligatoria se

regulan los honorarios de la mediadora interviniente, Alicia Susana Echazarreta, en la suma de 120 “Unidades de

Honorarios de Mediación” UHOM equivalentes a la cantidad de $ 144.000 (ciento cuarenta y cuatro mil pesos).-

Fíjase para su pago el plazo de diez días. Hágase saber que a dichas sumas, habrá de adicionarse la alícuota

correspondiente en caso de encontrarse inscripto y así acreditarlo, con relación al I.V.A. IV.- … notifíquese.- Fdo.:

ANDRES GUILLERMO FRAGA JUEZ NACIONAL EN LO CIVIL ANDRES GUILLERMO FRAGA Juez - GABRIEL

TAMBORENEA SECRETARIO

e. 25/03/2025 N° 84283/24 v. 25/03/2025