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N° 15610/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

Edictos Judiciales martes, 25 de marzo de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34

EDICTO BOLETIN OFICIAL

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri, Secretaría

No. 34, a mi cargo, sito en la calle M.T. Alvear 1840, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica, por

el término de cinco días, que el 05.03.2025 se decretó la quiebra de CEDITAR S.A. (C.U.I.T: 30-64677684-4), expte

Nro. 738/2022. El síndico designado es el Cdr. Jorge José Kern con domicilio electrónico 20044340772 y domicilio

procesal en Benito Juarez 3276 piso 1.Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura,

la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta del 15.05.2025 haciendo

saber que vencido el plazo dispuesto no será recibida pretensión verificatoria alguna.- Se deja constancia que los

pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante correo electrónico a: kernjorgejose1@gmail.com en formato

PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos con firma electrónica o digital, o bien – llegado el caso

– ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión, haciendo saber que la totalidad de las piezas que

se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas las consecuencias que ello implica.- La fecha de

envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de presentación de la insinuación verificatoria. Para

el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el

comprobante de pago correspondiente.- Para su pago, deberá realizarse mediante transferencia a la siguiente

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.634 - Segunda Sección 114 Martes 25 de marzo de 2025

cuenta bancaria: Banco Ciudad. CBU 0290005610000503251407. A los fines de garantizar el derecho impugnatorio

reglado por el art. 34 y art 200 de la ley 24522, los interesados podrán requerir copia de los legajos formados con

las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular observaciones,

deberán atenerse –a los fines de su presentación- a las modalidades precedentemente dispuestas.- El 01.07.2025

y 21.08.2025 se presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro

de las 72 hs. de notificados y bajo apercibimiento de girar las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición

de la Sindicatura los bienes del deudor que tengan en su poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir

pagos de aquel, y hacer saber que en dicho supuesto de efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho

en los términos del art. 109 LCQ.- Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que en el término de

24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- Buenos

Aires, de marzo de 2025. Federico Alberto Güerri Juez - FERNANDO DELGADO SECRETARIO

e. 18/03/2025 N° 15610/25 v. 25/03/2025