N° 15610/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 17 - SECRETARÍA NRO. 34
EDICTO BOLETIN OFICIAL
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, a cargo del Dr. Federico Alberto Güerri, Secretaría
No. 34, a mi cargo, sito en la calle M.T. Alvear 1840, 3º piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comunica, por
el término de cinco días, que el 05.03.2025 se decretó la quiebra de CEDITAR S.A. (C.U.I.T: 30-64677684-4), expte
Nro. 738/2022. El síndico designado es el Cdr. Jorge José Kern con domicilio electrónico 20044340772 y domicilio
procesal en Benito Juarez 3276 piso 1.Hágase saber a los acreedores que deberán solicitar ante la sindicatura,
la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de los mismos hasta del 15.05.2025 haciendo
saber que vencido el plazo dispuesto no será recibida pretensión verificatoria alguna.- Se deja constancia que los
pedidos verificatorios deberán ser remitidos mediante correo electrónico a: kernjorgejose1@gmail.com en formato
PDF.- Los aludidos instrumentos deberán ser suscriptos con firma electrónica o digital, o bien – llegado el caso
– ológrafa previamente impuesta sobre las piezas en cuestión, haciendo saber que la totalidad de las piezas que
se envíen tendrán el carácter de declaración jurada, con todas las consecuencias que ello implica.- La fecha de
envío del correo electrónico pertinente, valdrá como fecha de presentación de la insinuación verificatoria. Para
el caso de encontrarse el crédito sujeto al pago del arancel previsto en la LCQ 32 deberá adjuntar también el
comprobante de pago correspondiente.- Para su pago, deberá realizarse mediante transferencia a la siguiente
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.634 - Segunda Sección 114 Martes 25 de marzo de 2025
cuenta bancaria: Banco Ciudad. CBU 0290005610000503251407. A los fines de garantizar el derecho impugnatorio
reglado por el art. 34 y art 200 de la ley 24522, los interesados podrán requerir copia de los legajos formados con
las distintas insinuaciones a la casilla de e-mail del funcionario concursal y, en caso de formular observaciones,
deberán atenerse –a los fines de su presentación- a las modalidades precedentemente dispuestas.- El 01.07.2025
y 21.08.2025 se presentarán los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ.- Intimar al fallido y a terceros, dentro
de las 72 hs. de notificados y bajo apercibimiento de girar las actuaciones a Sede Penal, pongan a disposición
de la Sindicatura los bienes del deudor que tengan en su poder, prohibir la realización de pagos al fallido y recibir
pagos de aquel, y hacer saber que en dicho supuesto de efectuarse, serán declarados ineficaces de pleno derecho
en los términos del art. 109 LCQ.- Intimar al deudor para que cumpla con el art. 86 LCQ y para que en el término de
24 hs. entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad.- Buenos
Aires, de marzo de 2025. Federico Alberto Güerri Juez - FERNANDO DELGADO SECRETARIO
e. 18/03/2025 N° 15610/25 v. 25/03/2025