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N° 32341/2019 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 7

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES martes, 25 de marzo de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 4 - SECRETARÍA NRO. 7

El Juzgado Nacional de 1º Inst. en lo Comercial Nº4, Secretaría Nº7, sito en R.S.Peña 1211 P: 1º CABA, comunica

por 2 días en autos “EZENTIS ARGENTINA. S/ INC. VENTA AUTOMOTORES OOT698 Y OOT699, Expte.

Nº32341/2019/69”, que el martillero Mariano Espina Rawson (CUIT 20134071126) rematará el 10/04/2025 a las 11

hs. en la calle Jean Jaurés 545 CABA, en el estado y condiciones que se encuentran y exhiben el 100% de los

automotores: (1) Marca Volkswagen Modelo Take Up! 1.0 Sedan 3 Puertas, año 2014 Dominio OOT698 y (2) Marca

Volkswagen Modelo Take up ! 1.0 Sedan 3 Puertas, año 2014 Dominio OOT699, en efectivo al contado y al mejor

postor. Condiciones de Venta: BASE: $ 5.000.000 c/u en el acto del remate, los compradores deberán abonar

la seña del 30% del precio de venta, Comisión 10% + IVA. Arancel de Subasta: 0,25%. El saldo de precio (70%)

deberá ser abonado dentro de las 48 hs hábiles de realizada de la subasta bajo apercibimiento de dar por perdidas

las sumas entregadas en concepto de seña y comisión. En caso de corresponder el pago del IVA por la presente

compraventa deberá ser solventado por el comprador (debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y

depositarlo en el expediente en boleta separada). Se deja constancia que las bases de venta consignadas y en el

supuesto de corresponder incluyen el IVA (conforme presentación de fs. 10/11 del 28.06.2023 del Incidente N° 56

de la fallida Expte. N° 032341/2019/5) Queda prohibida la compra en comisión así como la ulterior cesión del

boleto que se extienda. Todo posible adquirente que concurra al acto mediante poder otorgado por otra persona

de existencia física o ideal deberá denunciarlo en forma precedente al comienzo del acto al Sr. martillero y éste

anunciar de viva voz el nombre del poderdante a su inicio. Las deudas por impuestos o multas devengadas antes

de la declaración de quiebra deberán ser verificados por el acreedor en ésta quiebra; los comprendidos entre la

declaración de quiebra y la fecha de la toma de posesión del bien, serán gastos del concurso en los términos de

la LCQ: 240; y los posteriores a la toma de la posesión quedarán a cargo del adquirente; Exhibición: 8 y 9 de abril

de 10 a 14 hs. en Homero 1329/41 CABA. Conocimiento de autos: Se presume que los oferentes tienen debido

conocimiento de las constancias de autos, de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación

con la subasta decretada. CUIT Fallida Nº30-65030983-). Buenos Aires, a los 18 de marzo de 2025. GERARDO D.

SANTICCHIA Juez - HERNAN O. TORRES SECRETARIO

e. 21/03/2025 N° 16844/25 v. 25/03/2025