N° 1736/1999 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO.
7 - SECRETARÍA NRO. 13
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 13, notifica a Jenaro Aníbal SILVESTRI (D.N.I.
N° 11.456.000) de lo dispuesto por el tribunal con fecha 21/03/2025, en la causa N° 1736/1999, caratulada:
“ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS EN CAUSA N° 4713, CARATULADA: KARINA RABOLINI Y ASOCIADOS S.A.
Y OTROS SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769 RESPECTO DE JENARO SILVESTRI”: “Buenos Aires, 21 de marzo de
2025. AUTOS Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... Por las razones expresadas, corresponde y así RESUELVO: I.-
SOBRESEER TOTALMENTE a Jenaro Aníbal SILVESTRI (D.N.I. N° 11.456.000), con relación a la presunta evasión
del pago del impuesto al Valor Agregado de “KARINA RABOLINI Y ASOCIADOS S.A.”, correspondiente a los
ejercicios anuales 1996 por la suma de $ 139.756,01; 1997 por la suma de $ 179.252,43; y, 1998 por la suma de
$ 103.876 ,43; porque aquel hecho ya no encuadra en una figura legal (artículo 336 inciso 3°, del C.P.P.N., 1 del
Régimen Penal Tributario y Previsional establecido por el artículo 279, de la ley N° 27.430 (B.O 29/12/2017), 2 del
Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). II.- DECLARAR que la formación
del presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado Jenaro Aníbal SILVESTRI con
relación a los hechos mencionados por el punto anterior (artículo 336, último párrafo). III.- LEVANTAR la rebeldía
dispuesta respecto de Jenaro Aníbal SILVESTRI (DNI N° 11.456.000), y DEJAR SIN EFECTO la captura ordenada
oportunamente. IV.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifíquese
a Jenaro Aníbal SILVESTRI por edictos y a la señora representante del Ministerio Público Fiscal mediante cédula
electrónica. Firme, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia, a la Secretaría de Cooperación con los
Poderes Judiciales, Ministerio Público y Legislaturas del Ministerio de Seguridad de la Nación, quien deberá
circularizar la comunicación entre las fuerzas de seguridad. Según copia que se acompaña. -FDO: JUAN P. GALVAN
GREENWAY - JUEZ, ANTE MI: A. MARIANA ZABALA DUFFAU, SECRETARIA”. Juan GALVÁN GREENWAY Juez -
A. Mariana ZABALA DUFFAU secretaria
e. 26/03/2025 N° 17694/25 v. 26/03/2025