N° 19243/25 Aviso del Boletín Oficial
INSTITUTO ZAMBRANO S.A.
Texto del aviso
INSTITUTO ZAMBRANO S.A.
Complementa Aviso 9569/25 de fecha 20/02/2025.- Por escritura 29 del 28/03/2025, Folio 72 Reg 910, se resolvio
Reforma Objeto Social, por el siguiente La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o
asociada a terceros, en el país o en el extranjero, la prestación de la estructura material, gerenciamiento y la
explotación comercial de servicios médicos oftalmológicos y especialidades afines, mediante contratación
directa, en forma particular, individual, y/o por sistema de obras sociales y/o prestación de medicina prepaga y/o
cualquier otra con características equivalentes. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá: a) brindar
servicios médicos especializados en oftalmología y especialidades afines, incluyendo diagnósticos, tratamientos
y seguimientos clínicos; b) establecer y operar clínicas, consultorios y centros de atención médica; c) realizar
estudios e investigaciones clínicas orientadas a la prevención, diagnóstico y tratamiento de contingencias y/o
enfermedades oftalmológicas; d) colaborar con instituciones académicas, científicas y médicas en proyectos de
investigación y desarrollo; e) organizar y participar en congresos, seminarios y cursos de formación y actualización
profesional en el área de la oftalmología y especialidades afines; f) prestar servicios de asesoría y consultoría en el
ámbito de la salud oftalmológica; siendo la presente enumeración no taxativa ni limitativa.- Todas las actividades
que así lo requieran deberán contar con profesionales con título habilitante inscriptos en la matrícula pertinente. A
tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos o contraer obligaciones y ejercer toda
clase de actos jurídicos que no le sean prohibidos por las leyes o por este estatuto Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 29 de fecha 28/03/2025 Reg. Nº 910
Agustin Arturo Patricio Quinos - Matrícula: 5700 C.E.C.B.A.
e. 31/03/2025 N° 19243/25 v. 31/03/2025