N° 20342/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 39
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 39
El Juzgado Nacional en lo Comercial N 20, a cargo del Dr. Eduardo Malde, Secretaria N° 39 sito en M.T de Alvear
1840, Piso 4°, CABA, comunica por un día que en el Expte nro. 20844/2021/1 “TRANSCONTINENTAL HOTEL
SA. S/QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA”, se ha llamado a mejora de oferta, ad corpus, en conjunto, en block y
desocupado el inmueble sito en Bernardo de Irigoyen 432 y 440, entre Av. Belgrano y Venezuela (Nomenclatura
Catastral: Circ. 13, Secc. 12, Manz. 73, parcela 12 a, Matrícula FR 13-3.304 y 13 -3.305, Partida 219.192 y la
totalidad de los bienes muebles inventariados a fs. 167/210, fijándose la base en la suma de U$S 3.030.000. El
precio podrá ser ingresado en dólares o bien en pesos a la cotización oficial de BNA, tipo vendedor, de cierre
del día inmediato anterior a cada pago en la cuenta en pesos Lo. 894 Fo. 791/2 o en dólares estadounidenses
Lo. 914 Fo. 881/3. Los interesados deberán formular sus ofertas solo digitalmente en formato PDF subiéndolas
al sistema Lex100 del expediente. La presentación digital de mejora de oferta deberá contener el nombre del
oferente y la referencia de la causa, contar con la firma ológrafa de la parte y digital de su letrado -con quien
deberá constituir domicilio electrónico a los fines procesales -; y además: sus datos identificatorios y (para las
personas domicilio humanas, nombre y apellido completo, documento de identidad, domicilio real, nro. de CUIT y
tratándose de personas jurídicas, nombre, domicilio social, CUIT y datos del representante legal, copia certificada
de los instrumentos constitutivos y modificaciones, actas de las que resulta la designación del representante) y
presentarse el comprobante de depósito judicial de la cuenta de autos en pesos o en dólares. La manifestación del
precio que ofrece, deberá como mínimo superar en un 5% aquél de base del llamamiento, mientras que la garantía
de mantenimiento de oferta no podrá ser inferior al 10% del precio que se ofrece, los que serán considerados en
concepto de garantía de mantenimiento de la oferta o en caso de ser adjudicatario, a cuenta de precio. Todos los
requisitos exigidos deberán cumplirse bajo apercibimiento de exclusión. Las ofertas se mantendrán reservadas
sin posibilidad de visualización hasta el momento en que sean abiertas al labrarse acta por secretaría. El plazo
límite que se fija para presentar las ofertas es hasta el 08/04/25, las que serán abiertas el 10/04/25 labrándose
acta por secretaría y se dictará una providencia en la que se deje constancia: de todas las ofertas presentadas,
si cumplieron los requisitos exigidos, y la eliminación de la oferta ante la falta de cumplimiento de los mismos.
Dicho listado habilitará a todos los oferentes, incluso al inicial a que puedan mejorar el precio a partir de la mayor
oferta obtenida hasta la nueva fecha límite que se fija el 21/04/25. Cada nueva mejora deberá importar como
mínimo y bajo pena de eliminación del oferente, un incremento del 5% del mejor precio hasta ese momento
obtenido, sin necesidad de incremento del depósito en garantía de mantenimiento de oferta. Y el 23/04/25 se
labrará acta por secretaría dejándose constancia del orden decreciente resultante de la puja, disponiéndose una
nueva oportunidad para mejorar el precio hasta la fecha límite del 28/04/25, pero que en este caso sólo habilitará a
mejorar a los dos oferentes (o el mayor número en caso de igualdad) que efectuaron las mayores ofertas. La nueva
mejora deberá importar como mínimo y bajo pena de eliminación del oferente, un incremento del 5% del mejor
precio hasta ese momento obtenido, sin necesidad de incremento del depósito en garantía de mantenimiento de
oferta, labrándose acta el 30/04/25 que se dejará constancia del resultado. Solo en caso de empate se habilitará
una audiencia presencial para el día 02/05/25 en la Sala de audiencias del juzgado a la cual deberán concurrir los
oferentes habilitados y sus letrados, la sindicatura y la martillera. Se deja constancia que para todos los casos las
ofertas podrán presentarse hasta el día en que fue fijada su fecha límite, incluso pasadas las 13.30 hs., de ese día,
mas no se admitirán en las dos primeras horas del día siguiente. El 30/04/25, o en su caso el 02/05/25 se resolverá
la adjudicación que recaerá en quien hubiese ofertado el mayor precio. En esa misma oportunidad se intimará al
adjudicatorio para que dentro del quinto día de notificado integre mediante depósito judicial en la cuenta de autos
(en dólares o en pesos) el saldo de precio, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso, con pérdida a favor
de la quiebra de la suma depositada. En caso de falta de integración del precio por el adjudicatario primigenio,
al tiempo de su declaración como postor remiso, se dispondrá la adjudicación al segundo mejor oferente, y se
lo intimará a la integración bajo igual apercibimiento, y así sucesivamente, hasta tanto se integre el saldo de
precio y el adjudicatorio pueda ser considerado adquirente. El adjudicatario al tiempo de integración del saldo
del precio deberá declarar el origen de los fondos depositados judicialmente. Queda prohibida la presentación
de la oferta: 1) como comprador en comisión, 2) mediante poder especial o general de administración -sí se
admite la presentación de apoderado judicial, 3) ni la cesión de los derechos tanto de la calidad de oferentes
interesados como de adjudicatarios y/o adquirentes. Quienes incurran en incumplimiento de esas prohibiciones
serán excluídos, con pérdida del derecho adquirido y de la suma depositada (sea como oferentes, adjudicatario o
adquirente), ya sea como garantía de oferta o como integración del precio, a favor de la quiebra. El adjudicatario
al tiempo de integración del saldo de precio deberá abonar el 3% sobre el precio de adquisición, en concepto
de comisión de la martillera Paola Alejandra Mayorga (tel. 11-6212-2954) . También deberá depositar -en caso de
corresponder- en igual plazo el importe por pago del IVA sobre el precio final del inmueble y bienes muebles, pues
el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador. Todo gasto que
pudiese corresponder en concepto de impuesto, tasa, arancel, sellado, honorarios o cualquier otro, vinculado a la
venta y los actos necesarios para la instrumentación de la compra a favor del adquirente, pesarán sobre éste. En
materia de deuda de todo impuesto o tasa que grave el inmueble se seguirá el régimen establecido en la resolución
de mejora de oferta. El adquirente libera a la quiebra de la garantía de evicción y de todo reclamo por el estado
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.641 - Segunda Sección 86 Viernes 4 de abril de 2025
de las instalaciones y bienes muebles. La presentación de la oferta importará el conocimiento por el oferente del
expediente. No se admitirá recurso alguno de los oferentes, adjudicatarios o adquirente, sin depósito en garantía
de la totalidad del precio en la cuenta judicial de autos. Efectuada la adjudicación definitiva el juzgado sin petición
devolverá lo depositado a quienes no resultaron adjudicatarios o postor remiso.Se fijan para el día de la exhibición
los días 3, 4 y 5 de Abril de 10 a 14 hs. El presente edicto se publica con carácter de urgente por 1 día en el Boletín
Oficial. Bs. As. 19 de marzo de 2025. Ana V. Amaya. Secretaria EDUARDO E. MALDE. Juez - ANA VALERIA AMAYA
SECRETARIA
e. 04/04/2025 N° 20342/25 v. 04/04/2025