W20 Argentina W20Argentina

N° 20342/25 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 39

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 4 de abril de 2025

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 20 - SECRETARÍA NRO. 39

El Juzgado Nacional en lo Comercial N 20, a cargo del Dr. Eduardo Malde, Secretaria N° 39 sito en M.T de Alvear

1840, Piso 4°, CABA, comunica por un día que en el Expte nro. 20844/2021/1 “TRANSCONTINENTAL HOTEL

SA. S/QUIEBRA S/ INCIDENTE DE VENTA”, se ha llamado a mejora de oferta, ad corpus, en conjunto, en block y

desocupado el inmueble sito en Bernardo de Irigoyen 432 y 440, entre Av. Belgrano y Venezuela (Nomenclatura

Catastral: Circ. 13, Secc. 12, Manz. 73, parcela 12 a, Matrícula FR 13-3.304 y 13 -3.305, Partida 219.192 y la

totalidad de los bienes muebles inventariados a fs. 167/210, fijándose la base en la suma de U$S 3.030.000. El

precio podrá ser ingresado en dólares o bien en pesos a la cotización oficial de BNA, tipo vendedor, de cierre

del día inmediato anterior a cada pago en la cuenta en pesos Lo. 894 Fo. 791/2 o en dólares estadounidenses

Lo. 914 Fo. 881/3. Los interesados deberán formular sus ofertas solo digitalmente en formato PDF subiéndolas

al sistema Lex100 del expediente. La presentación digital de mejora de oferta deberá contener el nombre del

oferente y la referencia de la causa, contar con la firma ológrafa de la parte y digital de su letrado -con quien

deberá constituir domicilio electrónico a los fines procesales -; y además: sus datos identificatorios y (para las

personas domicilio humanas, nombre y apellido completo, documento de identidad, domicilio real, nro. de CUIT y

tratándose de personas jurídicas, nombre, domicilio social, CUIT y datos del representante legal, copia certificada

de los instrumentos constitutivos y modificaciones, actas de las que resulta la designación del representante) y

presentarse el comprobante de depósito judicial de la cuenta de autos en pesos o en dólares. La manifestación del

precio que ofrece, deberá como mínimo superar en un 5% aquél de base del llamamiento, mientras que la garantía

de mantenimiento de oferta no podrá ser inferior al 10% del precio que se ofrece, los que serán considerados en

concepto de garantía de mantenimiento de la oferta o en caso de ser adjudicatario, a cuenta de precio. Todos los

requisitos exigidos deberán cumplirse bajo apercibimiento de exclusión. Las ofertas se mantendrán reservadas

sin posibilidad de visualización hasta el momento en que sean abiertas al labrarse acta por secretaría. El plazo

límite que se fija para presentar las ofertas es hasta el 08/04/25, las que serán abiertas el 10/04/25 labrándose

acta por secretaría y se dictará una providencia en la que se deje constancia: de todas las ofertas presentadas,

si cumplieron los requisitos exigidos, y la eliminación de la oferta ante la falta de cumplimiento de los mismos.

Dicho listado habilitará a todos los oferentes, incluso al inicial a que puedan mejorar el precio a partir de la mayor

oferta obtenida hasta la nueva fecha límite que se fija el 21/04/25. Cada nueva mejora deberá importar como

mínimo y bajo pena de eliminación del oferente, un incremento del 5% del mejor precio hasta ese momento

obtenido, sin necesidad de incremento del depósito en garantía de mantenimiento de oferta. Y el 23/04/25 se

labrará acta por secretaría dejándose constancia del orden decreciente resultante de la puja, disponiéndose una

nueva oportunidad para mejorar el precio hasta la fecha límite del 28/04/25, pero que en este caso sólo habilitará a

mejorar a los dos oferentes (o el mayor número en caso de igualdad) que efectuaron las mayores ofertas. La nueva

mejora deberá importar como mínimo y bajo pena de eliminación del oferente, un incremento del 5% del mejor

precio hasta ese momento obtenido, sin necesidad de incremento del depósito en garantía de mantenimiento de

oferta, labrándose acta el 30/04/25 que se dejará constancia del resultado. Solo en caso de empate se habilitará

una audiencia presencial para el día 02/05/25 en la Sala de audiencias del juzgado a la cual deberán concurrir los

oferentes habilitados y sus letrados, la sindicatura y la martillera. Se deja constancia que para todos los casos las

ofertas podrán presentarse hasta el día en que fue fijada su fecha límite, incluso pasadas las 13.30 hs., de ese día,

mas no se admitirán en las dos primeras horas del día siguiente. El 30/04/25, o en su caso el 02/05/25 se resolverá

la adjudicación que recaerá en quien hubiese ofertado el mayor precio. En esa misma oportunidad se intimará al

adjudicatorio para que dentro del quinto día de notificado integre mediante depósito judicial en la cuenta de autos

(en dólares o en pesos) el saldo de precio, bajo apercibimiento de declararlo postor remiso, con pérdida a favor

de la quiebra de la suma depositada. En caso de falta de integración del precio por el adjudicatario primigenio,

al tiempo de su declaración como postor remiso, se dispondrá la adjudicación al segundo mejor oferente, y se

lo intimará a la integración bajo igual apercibimiento, y así sucesivamente, hasta tanto se integre el saldo de

precio y el adjudicatorio pueda ser considerado adquirente. El adjudicatario al tiempo de integración del saldo

del precio deberá declarar el origen de los fondos depositados judicialmente. Queda prohibida la presentación

de la oferta: 1) como comprador en comisión, 2) mediante poder especial o general de administración -sí se

admite la presentación de apoderado judicial, 3) ni la cesión de los derechos tanto de la calidad de oferentes

interesados como de adjudicatarios y/o adquirentes. Quienes incurran en incumplimiento de esas prohibiciones

serán excluídos, con pérdida del derecho adquirido y de la suma depositada (sea como oferentes, adjudicatario o

adquirente), ya sea como garantía de oferta o como integración del precio, a favor de la quiebra. El adjudicatario

al tiempo de integración del saldo de precio deberá abonar el 3% sobre el precio de adquisición, en concepto

de comisión de la martillera Paola Alejandra Mayorga (tel. 11-6212-2954) . También deberá depositar -en caso de

corresponder- en igual plazo el importe por pago del IVA sobre el precio final del inmueble y bienes muebles, pues

el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador. Todo gasto que

pudiese corresponder en concepto de impuesto, tasa, arancel, sellado, honorarios o cualquier otro, vinculado a la

venta y los actos necesarios para la instrumentación de la compra a favor del adquirente, pesarán sobre éste. En

materia de deuda de todo impuesto o tasa que grave el inmueble se seguirá el régimen establecido en la resolución

de mejora de oferta. El adquirente libera a la quiebra de la garantía de evicción y de todo reclamo por el estado

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.641 - Segunda Sección 86 Viernes 4 de abril de 2025

de las instalaciones y bienes muebles. La presentación de la oferta importará el conocimiento por el oferente del

expediente. No se admitirá recurso alguno de los oferentes, adjudicatarios o adquirente, sin depósito en garantía

de la totalidad del precio en la cuenta judicial de autos. Efectuada la adjudicación definitiva el juzgado sin petición

devolverá lo depositado a quienes no resultaron adjudicatarios o postor remiso.Se fijan para el día de la exhibición

los días 3, 4 y 5 de Abril de 10 a 14 hs. El presente edicto se publica con carácter de urgente por 1 día en el Boletín

Oficial. Bs. As. 19 de marzo de 2025. Ana V. Amaya. Secretaria EDUARDO E. MALDE. Juez - ANA VALERIA AMAYA

SECRETARIA

e. 04/04/2025 N° 20342/25 v. 04/04/2025