N° 21762/25 Aviso del Boletín Oficial
DESARROLLADORA HOMS S.A.
Texto del aviso
DESARROLLADORA HOMS S.A.
CUIT 30-71721790-6. Por Asamblea Extraordinaria del 23/01/2025 se decidió modificar el objeto social, quedando
redactado de la siguiente manera: a) INMOBILIARIA: compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de inmuebles,
por cualquiera régimen de propiedad. Fraccionamiento y loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización,
propiedad horizontal y parques industriales. Venta, comercialización y administración de inmuebles propios o
de terceros; b) CONSTRUCTORA: construcción de toda clase de obras y viviendas por cualquier régimen de
propiedad incluyendo el fraccionamiento y loteo de parcelas destinadas a la vivienda, urbanización, clubes de
campo, propiedad horizontal y parques industriales; c) DESARROLLADORA: desarrollo de emprendimientos
inmobiliarios urbanos y suburbanos, edificios, clubes de campo y barrios cerrados por los regímenes de propiedad
que correspondan, los cuales incluirán:(i) Ejecución de las obras de infraestructura de los servicios esenciales (agua,
cloacas, energía eléctrica, tratamiento de calles y accesos, forestación, eliminación de residuos); (ii) Prestación de
dichos servicios; (iii) Tratamiento de las vías de circulación y accesos; (iv) Parquización y forestación del área en
toda su extensión; y (v) Materialización de las obras correspondientes al equipamiento deportivo, social y cultural;
d) FINANCIERA: Financiar las operaciones del objeto social mediante recursos propios o de terceros, con y sin
garantías reales o personales; negociación de títulos, acciones, y otros valores mobiliarios, y realizar operaciones
financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que
requiera el concurso del ahorro público; e) MANDATARTA: El ejercicio de representaciones, comisiones, mandatos
y consignaciones que se relacionen específicamente con su objeto social; f) FIDUCIARIA: Actuar como fiduciaria
de fideicomisos públicos o privados dentro de negocios que estén vinculados al objeto social. Las actividades que
así lo requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante en la materia. Para la realización de tal
objeto, la sociedad tendrá plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos
que no estén prohibidos por las leyes o por este estatuto. Las actividades que así lo requieran serán desarrolladas
por profesionales con título habilitante en la materia. g) TURISMO, HOTELERÍA, RECREACIÓN, EVENTOS Y
ACTIVIDADES CONEXAS: Intermediación en la contratación de servicios hoteleros en el país y en el extranjero;
organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones, cruceros o similares con o sin inclusión
de todos los servicios propios de los denominados viajes a forfait (todo incluido) en el país y en el extranjero;
recepción y asistencia de turistas durante sus viajes o su permanencia en el país; prestación de los servicios de
guías turísticos y el despacho de sus equipajes; representación de agencias de turismo, tanto nacionales como
extranjeras; realización de actividades turísticas, gastronómicas, de esparcimiento, recreación, y eventos, lo que
incluye - aunque no queda limitado a - la obtención de permisos y/o concesiones para la explotación de playas
y/o unidades turístico- fiscales pertenecientes a cualesquier jurisdicción estatal, sea ella Nacional, Provincial y/o
Municipal, así como también playas privadas, para llevar a cabo en su ámbito todas y/o algunas de las actividades
antes indicadas, y toda otra actividad similar o conexa con las mencionadas precedentemente vinculadas con
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.644 - Segunda Sección 7 Miércoles 9 de abril de 2025
la actividad turística y en su beneficio, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. h) PRODUCCION Y
COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS: Comercializar, comprar, vender, elaborar, depositar,
importar, exportar, industrializar, distribuir alimentos, productos y subproductos derivados de la carne, ya sea ovina,
porcina, avícola, equina, pesquera, como también los productos relativos a su industria frigorífica, la explotación
de la actividad vitivinícola, agrícola, ganadera y forestal en general, y la industrialización de sus productos. Realizar
la explotación comercial de la rama gastronómica y productos vinculados con la alimentación: la importación y la
exportación de elementos relacionados a la actividad enunciada. Se reformo el articulo 3°. Por asamblea ordinaria
del 11/02/2025 renuncio como Presidente Adrián Ernesto Pereira da Luz. Se designó como Presidente Gian Franco
DI GAETA, con domicilio especial en 25 de mayo 299, CABA. Autorizado por escritura N° 61 del 01/04/2025 Reg.
1036, CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 61 de fecha 01/04/2025 Reg. Nº 1036
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 09/04/2025 N° 21762/25 v. 09/04/2025