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N° 24454/25 Aviso del Boletín Oficial

F2M CONSULTORES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 21 de abril de 2025

Texto del aviso

F2M CONSULTORES S.A.

MODIFICACION DENOMINACIÓN Y OBJETO. REFORMA DE ESTATUTO. CUIT 30717118045. Por acta de

asamblea de fecha 12/03/2025 se modificaron la denominación y el objeto social, quedando las cláusulas 1 y 3

redactadas de la siguiente manera: “ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN: Se constituye una sociedad anónima bajo la

denominación “F2M SA”, continuadora de “F2M CONSULTORES SA”, con domicilio legal en la jurisdicción de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, pudiendo establecer sucursales, agencias o cualquier

especie de representación dentro o fuera del país. ARTÍCULO 3. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto desarrollar

las siguientes actividades por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros dentro de la República Argentina

y/o en el extranjero: a) ASESORÍA y CONSULTORÍA: prestación de toda clase de servicios relacionados directa o

indirectamente con las actividades de construcción de todo tipo de obras, públicas y privadas, tanto a personas

jurídicas como a personas humanas, nacionales o extranjeras. b) CONSTRUCCIÓN: Construcción de todo tipo de

obras públicas o privadas, civiles o industriales, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la

construcción de viviendas, redes de infraestructura, canalización, purificación y potabilización de aguas, desagües

y redes de desagües y cloacas, obras viales de apertura, mejora y pavimentación de calles y rutas, remodelación,

refacción y cualquier otro trabajo del ramo de la construcción. Instalaciones eléctricas y de instrumentación.

La ejecución de todo tipo de obras para señalización, demarcación y seguridad en el tránsito de calles, rutas y

caminos, la ejecución de obras de pavimentación, bacheos y lechadas asfálticas. En cualquiera de los casos de

carácter público o privado en síntesis, obras viales, hidráulicas, energéticas, mineras, de desagues, gasoductos,

oleoductos, diques, usinas, edificios y todo otro tipo de obras de la construcción. Todas las actividades que lo

requieran, serán ejercidas por profesionales con título habilitante. Cuando las actividades así lo requieran, serán

prestadas por profesionales con título habilitante en la materia. A tales efectos, la sociedad podrá celebrar y

ejecutar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de contratos, sean civiles o comerciales, con entidades

públicas o privadas, principales o de garantía sobre bienes de la Sociedad u otras clases de contratos, incluyendo

su participación en concursos públicos o privados o en cualquier contratación directamente vinculada al objeto

social y considerada conveniente para el cumplimiento del mismo. Para el cumplimiento de su objeto social, la

sociedad tendrá plena capacidad legal para adquirir derechos, contraer obligaciones y llevar a cabo todo acto

que no esté prohibido por la ley o por este estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de

fecha 12/03/2025

JUAN MANUEL BOJOSIAN - T°: 136 F°: 982 C.P.A.C.F.

e. 21/04/2025 N° 24454/25 v. 21/04/2025