N° 25038/25 Aviso del Boletín Oficial
UAMI S.A.
Texto del aviso
UAMI S.A.
Constituída por Escritura Nº 50 Folio Nº 139 del 16/04/2025, Registro Nº 672 de CABA. SOCIOS: Roberto CIBRIAN,
16/01/1959, casado, argentino, arquitecto, DNI 12.890.196, domiciliado en 3 de Febrero 1674, piso 2, Torre C,
CABA; Rafael Alberto BUSTAMANTE, 08/03/1949, casado, argentino, comerciante, DNI 7.651.008, domiciliado en
Avenida del Libertador 5102, piso 14, CABA; Ignacio SIERRA PEREZ, 31/08/2003, soltero, argentino, estudiante, DNI
45.073.115, domiciliado en Avenida José María Moreno 1109, CABA; Enrique Amos D’ALESSANDRO, 31/03/1962,
casado, argentino, arquitecto, DNI 14.851.801, domiciliado en Los Arrecifes sin número, esquina Calle 20, Edificio
La Caleta, departamento 801, Punta del Este, departamento de Maldonado, República Oriental del Uruguay; y
Bautista SIERRA PEREZ, 31/08/2003, soltero, argentino, estudiante DNI 45.073.116, domiciliado en Avenida José
María Moreno 1109, CABA. SEDE SOCIAL: José Hernández 1932, segundo piso, Torre “C”, CABA. PLAZO: 99
años. OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro
o fuera del país, las siguientes actividades: I.- Desarrollo, provisión y comercialización de servicios de software-
as-a-service (SaaS) basados en inteligencia artificial generativa y modelos conversacionales como ChatGPT o
modelos similares; II.- Diseño, desarrollo e implementación de agentes inteligentes conversacionales orientados a
atención al cliente, ventas, soporte técnico y automatización de procesos comerciales mediante el uso de I.A. III.-
Producción y generación automatizada o asistida por inteligencia artificial de contenidos multimedia, incluyendo
textos, imágenes, videos, animaciones, diseños gráficos y otros formatos creativos; IV.- Consultoría y asesoría en
implementación estratégica y técnica de tecnologías de inteligencia artificial generativa para empresas, organismos
gubernamentales o particulares. V.- Capacitación, formación y entrenamiento especializado en inteligencia
artificial generativa y herramientas relacionadas.- Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por
profesionales con título habilitante en la materia. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de actos, contratos y operaciones que se relaciones con el
objeto social y que no estén prohibidas por las leyes o por este Estatuto. CAPITAL: $ 30.000.000. representado por
30.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de MIL PESOS ($ 1.000) de valor nominal cada una y con
derecho a UN voto por acción. El capital fue suscripto por los accionistas conforme el siguiente detalle: Roberto
CIBRIAN suscribe Siete mil novecientas cuarenta y siete (7.947) ACCIONES; Ignacio SIERRA suscribe Siete mil
trescientas cincuenta y tres (7.353) ACCIONES; Enrique AMOS D’ALESSANDRO suscribe Seis mil cuatrocientas
sesenta y ocho (6.468) ACCIONES; Rafael ALBERTO BUSTAMANTE suscribe Cinco mil doscientas noventa y dos
(5.292) ACCIONES; Bautista SIERRA suscribe Dos mil novecientas cuarenta (2.940) ACCIONES. Se integró el 25%,
es decir, la suma de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 7.500.000) obligándose los accionistas,
a integrar el saldo restante en el plazo de DOS AÑOS a contar desde el día de la escritura. ADMINISTRACIÓN:
Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de quince directores titulares, pudiendo la Asamblea
elegir igual o menor número de suplentes, con mandato por 3 ejercicios, pudiendo ser reelegidos. DIRECTORIO:
Presidente: Roberto CIBRIAN, y Director Suplente: Héctor Alfredo SIERRA. Los directores designados aceptaron
en el acto sus respectivos cargos y constituyeron domicilio especial en la sede social. REPRESENTACIÓN LEGAL:
Presidente del Directorio o el Vicepresidente en su caso. SINDICATURA: Prescindencia. CIERRE DE EJERCICIO:
31/12. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 50 de fecha 16/04/2025 Reg. Nº 672
Marta Silvia Magne - Matrícula: 3521 C.E.C.B.A.
e. 22/04/2025 N° 25038/25 v. 22/04/2025