N° 26894/25 Aviso del Boletín Oficial
FMDC LEGAL S.R.L.
Texto del aviso
FMDC LEGAL S.R.L.
CUIT: 30-71090101-1, comunica que por Reunión de Socios del 1/4/25 se ha resuelto (i) designar a Mati´as Bargallo´,
como Gerente Socio, y (ii) modificar el objeto social, tal como se indica seguidamente: “ARTICULO TERCERO: La
sociedad tiene por objeto proveer a sus socios la estructura material y empresarial necesaria para que, de forma
coordinada o individual, puedan ejercer las incumbencias profesionales que autoriza la ley a los abogados. Para
el cumplimiento de sus fines, la sociedad podrá realizar todas las actividades vinculadas y relacionadas con
la profesión de abogado que faciliten o permitan su mejor ejercicio por parte de los socios. Los profesionales
actuarán bajo su propia responsabilidad conforme a las normas legales y reglamentarias que rigen el ejercicio
de la profesión, excluyendo de la limitación de responsabilidad derivada del tipo social adoptado toda obligación
o responsabilidad asumida en el ejercicio de la profesión de los socios. Para ser socio se requiere poseer el
título habilitante de abogado. Asimismo, podrá realizar y llevar a cabo actividades fiduciarias, prestando dichos
servicios a terceros, en beneficio de sus clientes, asegurando la protección y gestión eficiente de sus patrimonios,
bajo principios de transparencia y cumplimiento, como a su vez, podrá ser representante de organizaciones
nacionales o internacionales que desarrollen actividades relativas a su área de incumbencia, afiliarse, asociarse
o participar en ellas, así como formar agrupaciones ad-hoc de colaboración empresarial o uniones transitorias
de empresas. El personal encargado de las actividades fiduciarias y anteriormente mencionadas, deberá contar
con la capacitación necesaria para el desempeño de sus funciones. La sociedad podrá llevar a cabo cualquier
otra actividad lícita que resulte complementaria, o relacionada con las actividades antes descriptas, y en especial
fiduciarias y profesionales, con el propósito de maximizar el valor para sus clientes. A efectos de cumplir con
sus fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para efectuar todas las operaciones, actividades, actos y
contratos que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, que no sean prohibidos por las leyes
o por este contrato, inclusive los prescriptos por el artículo 375 y concordantes del Código Civil y Comercial”.
Autorizado según instrumento privado Socios de fecha 01/04/2025
Luis Alberto Schenone - T°: 122 F°: 200 C.P.A.C.F.
e. 29/04/2025 N° 26894/25 v. 29/04/2025