N° 27608/25 Aviso del Boletín Oficial
INSTITUTO ARGENTINO DEL PETROLEO Y DEL GAS
Texto del aviso
INSTITUTO ARGENTINO DEL PETROLEO Y DEL GAS
CUIT: 30-53772400-1. Convocase a los socios del Instituto Argentino del Petróleo y del Gas a la asamblea general
ordinaria del 29 de mayo de 2025, a las 17.00, en su Sede de la calle Maipú 639, 4to. Piso, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, para tratar el siguiente orden del Orden del día: 1) Consideración de la Memoria y Balance del
Ejercicio comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024 y del Informe de la Comisión Revisora
de Cuentas. 2) Consideración del Presupuesto de Recursos y Gastos correspondientes al Ejercicio 2025 (Art. 36,
inc. A del Estatuto). 3) Elección de la totalidad de los miembros de la Comisión Directiva. 4) Elección de tres (3)
Revisores de Cuentas Titulares y dos (2) Revisores de Cuentas Suplentes (Art. 33 del Estatuto). 5) Designación de
dos (2) Asambleístas para aprobar y firmar el Acta, conjuntamente con el Presidente y Secretario. Nota: Art. 39 del
Estatuto: El quórum de las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias se formará con la mayoría absoluta
de los votos de los Socios Entidad y Socios Personales. Si no fuese posible conseguir dicho quórum para la hora
establecida en la convocatoria, se esperará media hora debiendo entonces celebrarse la reunión cualquiera fuese
el número de Socios presentes. Art. 40: En las Asambleas Generales los Socios Entidad tendrán derecho a tantos
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.657 - Segunda Sección 61 Miércoles 30 de abril de 2025
votos como surjan de la relación entre la cuota societaria anual fijada para los Socios Entidad y la cuota societaria
anual para los Socios Personales. Los Socios Entidad que sean a su vez Socios Benefactores adicionarán por
ese carácter el número de votos que tenían asignados al 30 de abril de 1981. Estos Socios Benefactores podrán
incrementar el número de votos que tenían en tal carácter a la fecha indicada, mediante nuevos aportes no inferiores
al monto consignado en el Artículo 11. La cantidad de votos a adicionarse será fijada por la Comisión Directiva en
función del número de votos por aporte actualizado que tuvieren al 30 de abril de 1981. Los Socios Entidad que se
incorporen como Socios Benefactores en las condiciones establecidas en el Artículo 11 adicionarán la cantidad de
votos que fije la Comisión Directiva en función del aporte que efectúen. Los Socios Personales tendrán derecho
a un voto.
Designado según instrumento privado Acta Asamblea Gral. Ord. 76 de fecha 30/05/2023 ERNESTO ANTONIO
LOPEZ ANADON - Presidente
e. 30/04/2025 N° 27608/25 v. 06/05/2025