N° 59057/2024 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 7 SECRETARÍA ÚNICA
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 7 SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO. El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 7 a cargo de la Dra. Myriam M. Cataldi Secretaria
única interinamente a mi cargo sito en Talcahuano 490, piso 6º CABA, en los autos “ALASINO, MARIA DE LOS
MILAGROS C/ MARTINEZ CESAR, LUIS JEAN S/ DIVORCIO – EXPTE. Nº 59057/2024”, se ha resuelto: “Buenos
Aires, 25 de marzo de 2025... Y VISTOS: Estos autos “ALASINO, MARIA DE LOS MILAGROS c/ MARTINEZ CESAR,
LUIS JEAN s/ DIVORCIO” Expte. 59057/2024 para dictar sentencia; de cuyas constancias: RESULTA: Que a fs.
2/5 se presentó la Sra. María de los Milagros Alasino iniciando formal petición por divorcio vincular, fundada en lo
dispuesto en el artículo 438 del Código Civil. Que han sido publicados edictos conforme surge de fs. 22/26 y 30/33,
no habiendo comparecido el Sr. Martínez Cesar planteando excepción o nulidad alguna. Y CONSIDERANDO: …
FALLO: I.- Haciendo lugar a la petición de fs. 2/5. En consecuencia decreto el divorcio de los esposos María de los
Milagros Alasino y Luis Jean Martínez Cesar, en los términos y con los alcances previstos en los artículos 437 y
438 del Código Civil y Comercial de la Nación. II.- Declarando extinguida la comunidad de bienes, de conformidad
con lo dispuesto por el artículo 480 del Código citado. III.- Imponiendo las costas en el orden causado, atento a
las particularidades del modo en que se ha desarrollado este nuevo proceso (art. 68 segunda parte del Código
Procesal). IV.- Notifíquese con la misma modalidad, mediante edictos a publicar por un día en el Boletín Oficial y
Gaceta de Paz, transcribiendo la parte dispositiva de esta sentencia. Firme la presente, líbrese oficio al Registro
de Estado Civil y Capacidad de las personas a cuyo fin la dir3ección letrada, deberá remitir la resolución vía DEOX,
adjuntando comprobante del pago del timbrado correspondiente que exige el organismo (T. 1 M, Número 185, año
2019).Oportunamente expídase testimonio para las partes. Cumplido, archívese el expediente con conocimiento
del Centro de Informática.- Fdo. MYRIAM CATALDI Jueza”. Buenos Aires, 8 de Abril de 2025.Fdo.: PATRICIA
FABIANA MARTIN. SECRETARIA INTERINA Myriam M. Cataldi Juez - Patricia Fabiana Martin Secretaria Interina
e. 30/04/2025 N° 24383/25 v. 30/04/2025