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N° 30646/25 Aviso del Boletín Oficial

EL CRESTON S.A.C.I.F. E I.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 12 de mayo de 2025

Texto del aviso

EL CRESTON S.A.C.I.F. E I.

33616956529 Por medio de asamblea del 21/03/2024 decidio aumentar el capital por $ 48.760.721 quedando

el nuevo capital social fijado en $ 49.539.721 y se efectuaron las siguientes reformas de estatuto: Articulo 4 “ El

capital social se fija en la suma de Cuarenta y Nueve Millones Quinientos Treinta y Nueve Setecientos Veintiuno

($ 49.539.721) representado por Cuarenta y Nueve Millones Quinientos Treinta y Nueve Setecientas Veintiún

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.663 - Segunda Sección 6 Lunes 12 de mayo de 2025

acciones ordinarias nominativas no endosables de valor 1 pesos cada una y con un voto por acción”, Articulo 7

“La administración de la sociedad está a cargo de un directorio integrado por uno a cinco titulares con mandato

por 3 años, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, que se incorporarán al Directorio por

el orden de su elección ante el caso de vacancia. El directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes

y resolverá por la mayoría de los que estén presentes. En su primera reunión deberán designar un presidente y

también un vicepresidente que reemplazará al primero en caso de ausencia o impedimento. La asamblea fijará

el número de Directores y su remuneración. En garantía de sus funciones, los directores titulares depositarán

en la caja social la suma que establezca la normativa vigente, que deberá consistir en bonos, títulos públicos o

sumas de moneda extranjera o nacional, depositados en entidades financieras o caja de valores, a la orden de

la sociedad, o en fianzas o cuentas bancarias o seguros de caución o responsabilidad civil a favor de la misma,

cuyo costo deberá ser soportado por cada director, en ningún caso procederá constituir garantía mediante el

ingreso directo a la caja social. El plazo de exigibilidad será por el tiempo que dure el mandato y desde su cese

por un plazo no inferior a tres años siguientes. Los directores titulares deberán acreditar el cumplimiento de la

constitución de la garantía al momento de asumir el cargo y la vigencia al momento de las reuniones del directorio

en el acta que decide convocar a asamblea. La representación legal de la sociedad corresponde al presidente o

al vicepresidente en su caso”

Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 21/03/2024

Maria Fernanda Liguori - T°: 76 F°: 427 C.P.A.C.F.

e. 12/05/2025 N° 30646/25 v. 12/05/2025