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N° 30542/25 Aviso del Boletín Oficial

MCMC ARTE S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 12 de mayo de 2025

Texto del aviso

MCMC ARTE S.A.U.

CUIT: 30-71532397-0.Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 31 de mayo de 2023, se resolvió: (i)

aumentar el capital social de $ 4.720.686 a la suma de $ 8.263.494, el capital social quedó suscripto e integrado

al 100% conforme al siguiente detalle: Florencio de la Torre Urizar titular de 7.863.494 acciones ordinarias

nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a 1 voto por acción y María Calcaterra

titular de 400.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho

a 1 voto por acción, reformando el artículo quinto del Estatuto; (ii) en consecuencia, se adoptó el tipo societario

Sociedad Anónima, cambiando la denominación a: MCMC ARTE S.A., y reformando el artículo 1 del Estatuto,

conforme al siguiente texto: ARTÍCULO 1°: Bajo la denominación “MCMC ARTE S.A.”, continuadora de “MCMC

ARTE S.A.U.”, se constituye esta sociedad anónima, conforme al régimen establecido en la Ley General de

Sociedades Nro. 19.550 (conforme la misma sea modificada y/o complementada en el futuro, la “Ley 19.550”); (iii)

reformar el artículo 5 del Estatuto, conforme al siguiente texto: ARTÍCULO 5°: El capital social es de $ 8.263.494

(ocho millones doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y cuatro), representado por 8.263.494 acciones

ordinarias, nominativas no endosables, de (1) voto por acción y de un peso ($ 1) valor nominal cada una. El

capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el

artículo 188 de la Ley 19.550.”; (iv) reformar el artículo 17 del Estatuto, conforme al siguiente texto: ARTÍCULO 17°:

Los directores individualmente en garantía del desempeño de sus funciones deberán prestar una garantía por la

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.663 - Segunda Sección 9 Lunes 12 de mayo de 2025

suma que determine la normativa aplicable, en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera

depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la Sociedad, o mediante fianzas o avales

bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma cuyo costo deberá ser soportado

por cada director. En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la

Caja Social. Esta garantía deberá cumplir con cualquier otra exigencia legal o normativa del Registro Público

de Comercio. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren

poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y del artículo Noveno del

Decreto Ley número 5.965/63; y, (v) aprobar un texto ordenado del Estatuto; (vi) aprobar la prescindencia de la

sindicatura; y, en consecuencia (vi) designar a María Boneo como Directora Suplente, quien aceptó el cargo para

el que fue designada y constituyó domicilio especial en Carlos Pellegrini, piso 10 “B”, CABA. Autorizado según

instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 31/05/2023

Francisco Stéfano - T°: 145 F°: 323 C.P.A.C.F.

e. 12/05/2025 N° 30542/25 v. 12/05/2025