N° 30542/25 Aviso del Boletín Oficial
MCMC ARTE S.A.U.
Texto del aviso
MCMC ARTE S.A.U.
CUIT: 30-71532397-0.Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 31 de mayo de 2023, se resolvió: (i)
aumentar el capital social de $ 4.720.686 a la suma de $ 8.263.494, el capital social quedó suscripto e integrado
al 100% conforme al siguiente detalle: Florencio de la Torre Urizar titular de 7.863.494 acciones ordinarias
nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho a 1 voto por acción y María Calcaterra
titular de 400.000 acciones ordinarias nominativas no endosables de valor nominal $ 1 cada una y con derecho
a 1 voto por acción, reformando el artículo quinto del Estatuto; (ii) en consecuencia, se adoptó el tipo societario
Sociedad Anónima, cambiando la denominación a: MCMC ARTE S.A., y reformando el artículo 1 del Estatuto,
conforme al siguiente texto: ARTÍCULO 1°: Bajo la denominación “MCMC ARTE S.A.”, continuadora de “MCMC
ARTE S.A.U.”, se constituye esta sociedad anónima, conforme al régimen establecido en la Ley General de
Sociedades Nro. 19.550 (conforme la misma sea modificada y/o complementada en el futuro, la “Ley 19.550”); (iii)
reformar el artículo 5 del Estatuto, conforme al siguiente texto: ARTÍCULO 5°: El capital social es de $ 8.263.494
(ocho millones doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos noventa y cuatro), representado por 8.263.494 acciones
ordinarias, nominativas no endosables, de (1) voto por acción y de un peso ($ 1) valor nominal cada una. El
capital puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de su monto, conforme el
artículo 188 de la Ley 19.550.”; (iv) reformar el artículo 17 del Estatuto, conforme al siguiente texto: ARTÍCULO 17°:
Los directores individualmente en garantía del desempeño de sus funciones deberán prestar una garantía por la
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.663 - Segunda Sección 9 Lunes 12 de mayo de 2025
suma que determine la normativa aplicable, en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera
depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la Sociedad, o mediante fianzas o avales
bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma cuyo costo deberá ser soportado
por cada director. En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la
Caja Social. Esta garantía deberá cumplir con cualquier otra exigencia legal o normativa del Registro Público
de Comercio. El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieren
poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y del artículo Noveno del
Decreto Ley número 5.965/63; y, (v) aprobar un texto ordenado del Estatuto; (vi) aprobar la prescindencia de la
sindicatura; y, en consecuencia (vi) designar a María Boneo como Directora Suplente, quien aceptó el cargo para
el que fue designada y constituyó domicilio especial en Carlos Pellegrini, piso 10 “B”, CABA. Autorizado según
instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 31/05/2023
Francisco Stéfano - T°: 145 F°: 323 C.P.A.C.F.
e. 12/05/2025 N° 30542/25 v. 12/05/2025