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N° 32823/25 Aviso del Boletín Oficial

MECHE PAY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 20 de mayo de 2025

Texto del aviso

MECHE PAY S.A.

(IGJ N° 1991186 - CUIT N° 30-71812262-3) Por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 1 del 04/10/2024, se

resolvió reformar el artículo 3° del Estatuto Social de MECHE PAY S.A., el cual quedará redactado de la siguiente

manera: “ARTÍCULO TERCERO: El Objeto Social de la Sociedad es (i) facilitar, a través de herramientas y/o

sistemas informáticos, la concertación de operaciones con Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME (FCEM);

(ii) ofrecer servicios de integración con los sistemas de emisión de FCEM emitidas conforme a la Ley 27.440 y su

normativa complementaria; (iii) ofrecer operaciones con cheques generados por medios electrónicos (ECHEQ)

emitidos conforme a la Ley 24.452 y sus modificatorias y complementarias, (iv) realizar cualquier otra actividad

relacionada con el tratamiento de operaciones realizadas con FCEM que no se encuentre expresamente limitada

por la normativa del Banco Central de la República Argentina relativa a las Plataformas para el Financiamiento

MYPYME; (v) gestionar cobranzas y/o pagos y aceptar y ejecutar mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o

pagos por cuenta y orden y/o a nombre de terceros a través de sistemas de transferencia electrónica y/o cualquier

otro medio de pago, pudiendo realizar servicios de pago y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros; (vi) actuar

como proveedor de servicios de pago y/o billetera digital, ofrecer cuentas de pago, iniciar y/o aceptar pagos, y/o

administrar esquemas de pago y/o ofrecer cualquier servicio relacionado a transferencias electrónicas de fondos;

(vii) celebrar todo tipo de contratos de obras y/o servicios, vinculados a las actividades anteriores; (viii) prestar

servicios o mandatos para sí o a favor de terceros; (ix) instalar y/o constituir agencias, sucursales, establecimientos

o cualquier otra clase de representación dentro y fuera del país; (x) participar en sociedades, consorcios, uniones

transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente

con el objeto social (xi) efectuar acciones de marketing y publicidad con relación a las actividades y servicios que

ofrece, para sí y sus sociedades vinculadas. Se excluyen las operaciones comprendidas por la ley de Entidades

Financieras N° 21.526, las de agente en el mercado de capitales y toda otra que requiera el concurso público y

todas aquellas que requieran autorización previa especial emitida por a la autoridad correspondiente. Para su

cumplimiento la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones

que se relacionen directa o indirectamente con aquel para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos

los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.”

Autorizado según Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 1 del 04/10/2024.

ELEONORA HAYZUS - T°: 145 F°: 634 C.P.A.C.F.

e. 20/05/2025 N° 32823/25 v. 20/05/2025