W20 Argentina W20Argentina

N° 21000082/2010 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL, COMERCIAL

Edictos Judiciales viernes, 23 de mayo de 2025

Texto del aviso

JUZGADO FEDERAL EN LO CIVIL, COMERCIAL

Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y LABORAL DE POSADAS

- SECRETARÍA CIVIL Y COMERCIAL - MISIONES

Por disposición del Juzgado Federal de 1ra Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo

sito en Av. Bartolomé Mitre nº 2358, piso 5º, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones,

a cargo del Dr. José Luis Casals – Juez Federal-, se hace saber al Sr. Manuel Acosta DNI 17.040.320 que en los

autos caratulados: “ESTECHE CLARA SUSANA C/ ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA EBY Y OTROS S/ DAÑOS

Y PERJUICIOS (Expte. Nº 21000082/2010) ” se ha ordenado lo siguiente: “Posadas, 02 de junio de 2022. VISTOS:

… RESULTANDO: … Y CONSIDERANDO: … FALLO: I. RECHAZAR LA EXCEPCIÓN DE FALTA DE LEGITIMACIÓN

PASIVA, opuesta por la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA, de acuerdo a los fundamentos vertidos en los

considerandos. II. HACER LUGAR a la demanda incoada por la Sra. Clara Susana Esteche, y condenar a las

demandadas EBY y Provincia de Misiones - Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones, y, a la compañía

aseguradora Provincia Seguros SA, al pago de la suma que resultare de la planilla de liquidación a practicarse

conforme a las pautas establecidas en los considerandos en concepto de incapacidad sobreviniente y de la suma

de Pesos Cincuenta Mil ($ 50.000,00.-) desde el 17/06/08 – fecha de acaecido el infortunio – hasta su efectivo pago

y liquidarse según la tasa activa de la cartera general de préstamos nominal anual vencida a 30 días del Banco de

la Nación Argentina para el descuento de documentos comerciales. III. Regular los honorarios profesionales, de la

parte gananciosa, en un 18%, para los Dres. Jorge Marcelo Armanini y Ana María Bogado Jones, representantes

de la actora, por su actuación conjunta en todas las etapas del proceso, con más el 40% de dicho porcentaje por

su actuación en el carácter de procuradores. Asimismo, regular los honorarios profesionales de la patrocinante

legal del demandado ganancioso Néstor Horacio Samudio, Dra. Natalia Cristina Kuinaschuk, en un 18% por su

actuación en todas las etapas del proceso. Regular los honorarios profesionales, de la parte perdidosa EBY, en un

10% con más el 30% para los Dres. Luis Alfredo Medina e Iván Emiliano Vivani, por su doble actuación en todas las

etapas del proceso, en su calidad de abogados y procuradores. Regular los honorarios profesionales, de la parte

perdidosa Provincia de Misiones - Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones, en un 10% con más el

30% para los Dres. Fidel Eduardo Duarte, Sergio Raúl Fernández y Martín Roberto González Hereter, por su doble

actuación en todas las etapas del proceso, en su calidad de abogados y procuradores. Regular los honorarios

profesionales, de la parte perdidosa Provincia Seguros SA, en un 10% con más el 30% para el Dr. Marcelo Javier

Oviedo, por su doble actuación en todas las etapas del proceso, en su calidad de abogado y procurador. Regular

los honorarios profesionales del perito médico Dr. José Orlando Morales en un 7% por la realización de las tareas

encomendadas en autos. Regular los honorarios profesionales del perito accidentológico Sr. Mussino Corrado en

un 7% por la realización de las tareas encomendadas en autos. Las presentes regulaciones deberán calcularse

considerando el monto que resulte finalmente adecuado en oportunidad de conformarse la liquidación definitiva.

Todo ello conforme los arts. 6, 7, 9, 10, 38 de la ley N° 21839, modificada por ley Nº 24432. Más IVA en caso de

corresponder. IV. Costas a cargo de las perdidosas. V. Firme que quede, devuélvase la documental reservada

en Caja Fuerte de esta Secretaria. Protocolícese y notifíquese personalmente o por cédula – electrónica y papel

a la Dra. Natalia Cristina Kuinaschuk. Firme y cumplida, archívese. Fdo. José Luis Casals -Juez Federal-” para

que dentro del término de cinco (05) días comparezca a ejercer su derecho de defensa al respecto, todo en los

términos de los arts. 145, 146, 147, 343 y cctes. del CPCCN. Publíquese dos (2) días. JOSE LUIS CASALS Juez -

FELICITAS MARÍA BIRE BARBERAN SECRETARIA

e. 23/05/2025 N° 71388/23 v. 26/05/2025