N° 33611/25 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 48 - SECRETARÍA ÚNICA
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 48 - SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 48, a cargo del Dr. JULIO CARLOS SPERONI
(JUEZ), secretaria única, a cargo de la Dra. Paula Benzecry, ubicado en la calle Uruguay 714 Piso 3°, de esta Ciudad,
comunica por dos días en los autos caratulados “ALCUAZ ISABEL ESTELA Y OTRO S/SUCESION AB-INTESTATO”
Exp. 26836/2010 que la Martillera EUSEBIA ARRIETA ACOSTA, CUIT 27-19015320-2, rematará el día 25 de junio
2025 a las 11:00 hs., EN PUNTO, en el salón de la calle Jean Jaures 545 de esta ciudad, el inmueble ubicado en la
calle Av. Paseo Colon 1534 Piso 10 UF 20 depto. “B” CABA matrícula 4-4237/20 de CABA. Según constatación se
compone de: living comedor, amplia cocina comedor, lavadero y balcón terraza con cerramiento de aluminio todo
al frente, con amplia vista al Parque Lezama, hall de acceso y distribución que comunica con un amplio baño y
placard, hacia el contrafrente encontramos dos dormitorios amplios e iguales con placares, con vista hacia el rio
y a la zona de Puerto Madero. Con exc. iluminación y ventilación cruzada. Sup. Cubierta: 68,42 m2.; semicub. 3,19
m2 balcón 2,55 m2 (unificados dentro del cerramiento); Sup total 74,16 m2. Estado de ocupación: desocupado.
Todo en estado regular de uso, según fotos y croquis que se acompañaron digitalmente en el expediente. BASE:
U$S 75.000 AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR (ad-corpus), SEÑA 30%. COMISIÓN 3%, efectivo. Arancel
BOLETÍN OFICIAL Nº 35.675 - Segunda Sección 113 Miércoles 28 de mayo de 2025
acord. 24/00 de la CSJN 0,25%. Se establece que la seña, comisión y saldo de precio deberá efectuarse en dólar
billete en efectivo. Se deja constancia que el enajenador deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante
en caso de invocar un poder. Hágase constar lo dispuesto en el fallo plenario “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra
Roberto Isaac S/Ejecución Hipotecaria” por el cual, no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte
las deudas que registra el inmueble por los conceptos aludidos precedentemente, devengados antes de la toma
de posesión, cuando el monto obtenido en el remate no alcance para solventarlos, con la constancia que no cabe
una solución análoga respecto de las expensas comunes, para el caso que el bien se halle sujeto el régimen de
la Ley 13.512 (conf. C.N.Civ. en pleno, febrero18 de 1999 “in re”).Hágase constar que no procederá la compra en
comisión (cfr. art. 598 INC. 7º CPCC), ni la cesión del boleto de compraventa o cualquier otro negocio que importe
sustituir al comprador en subasta. Se advierte que tampoco se admitirá la actuación en estos obrados del eventual
cesionario del boleto de compraventa. Se Hace saber que, dentro de los cinco días de aprobado el remate, deberá
depositarse en autos el saldo de precio, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del Código Procesal.
Deudas: ABL – administrativa $ 409.493,13.- y judicial $ 59.652.26 – Total al 29/03/2025 de $ 469.145,39.- y AYSA
AL 09/04/2025 de $ 1.746.853,85.- Expensas $ 1.297.257,20.- al 09/04/2025. Mes febrero de 2025, $ 95.579,71.
Exhibición: 18 y 23 de junio de 2025 de 11 a 12 hs. CABA, de Mayo de 2025. Paula Silvia Benzecry. Secretaria.-
JULIO CARLOS SPERONI Juez - PAULA BENZECRY SECRETARIA
e. 27/05/2025 N° 33611/25 v. 28/05/2025