N° 36917/25 Aviso del Boletín Oficial
LA LIBERATA S.R.L.
Texto del aviso
LA LIBERATA S.R.L.
Instrumento Privado del 14/05/2025. SOCIOS: GUSTAVO DANIEL BAIGORRIA, argentino, 02/09/1973, soltero, DNI
23.156.295 CUIT 20-23156295-9, domicilio El Mirasol 2549 Temperley, provincia de Buenos Aires, comerciante,
CARLOS FABIAN CHIRINO, argentino, soltero, 21/01/1982, DNI 30.136.781, CUIT 20-30136781-4, domicilio Chile
680, 2° Piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires. PLAZO: 99 años desde su constitución. OBJETO. La sociedad
tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las
siguientes actividades: compraventa, distribución, transporte, importación, exportación, faenado y fraccionamiento
de ganado bovino, porcino, ovino, caprino, equino, aves, en pie o faenados, venta mayorista y minorista de carnes
de todo tipo y calidad, explotación de establecimientos ganaderos para las crías, engorde e invernada de todo tipo
y especie de animales comestibles de todos tipo. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las
leyes o por este estatuto. CAPITAL: $ 30.000.000 representado por $ 30.000 CUOTAS SOCIALES de valor nominal
$ 1.000 cada una con derecho a un voto por cuota social. La administración, y representación legal estará a cargo
de uno o más gerentes en forma individual, socios o no, por el tiempo de duración de la sociedad. SINDICATURA:
prescinde. SEDE SOCIAL: OLAZABAL 1515 3° Piso Oficina “301” Ciudad Autónoma de Buenos Aires. GERENTE:
GUSTAVO DANIEL BAIGORRIA, quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en: OLAZABAL 1515 3°
Piso Oficina “301” Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CIERRE DE EJERCICIO: todos los 31/12 de cada año.
SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN GUSTAVO DANIEL BAIGORRIA 25.500 CUOTAS y CARLOS FABIAN CHIRINO,
4500 SOCIALE
Autorizado según instrumento privado CONTRATO CONSTITUTIVO de fecha 14/05/2025
EUGENIA ROMINA ADORNO - T°: 115 F°: 722 C.P.A.C.F.
e. 30/05/2025 N° 36917/25 v. 30/05/2025