N° 37922/25 Aviso del Boletín Oficial
TRANSVE S.A.
Texto del aviso
TRANSVE S.A.
CUIT 30710131402 la Asamblea del 16/04/2025 reformó el articulo tercer o del estatuto social por modificación del
objeto social, quedando redactado: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta
propia, de terceros o asociadas a terceros a las siguientes actividades: A) TRANSPORTE: Mediante el traslado
por medios de cualquier via de comunicación, sea provincial, nacional o internacional, de corta, media o larga
distancia, de cargas, productos y mercadería en general, sea en vehículos propios o de terceros, actuando como
locadora o locataria de servicios, o mediante cualquier tipo de contrato existente a la fecha o que pueda crearse
en el futuro, con o sin provisión de personal. B) CONSULTORA: Servicio de logística, transporte y distribución
comercial, y/o almacenamiento de productos propios y de terceros, para todo tipo de tareas y operatorias,
con asesoramiento integral de formas de ejecución de las mismas. C) IMPORTADORA Y EXPORTADORA: la
exportación e importación de vehículos para el transporte de mercaderías, sus repuestos, partes y herramientas,
importación y exportación de mercaderías en estado natural o manufacturado, incluso productos industriales. D)
COMERCIALES: comercialización, distribución, representación, importación, exportación, acopio, fraccionamiento
y venta al por mayor y por menor de toda clase de productos alimenticios, bebidas con o sin alcohol, artículos de
limpieza, perfumería, bazar, electrodomésticos, textiles, indumentaria, artículos escolares, de librería, ferretería,
electrónica, informática y todo otro bien de consumo masivo o bienes relacionados con la actividad comercial
desarrollada. E) INDUSTRIALES: Mediante la fabricación, transformación, manufacturación y procesamiento de
materia prima, mercaderías y demás productos vinculados con su actividad comercial. F) MANDATARIA: El ejercicio
de toda clase de representaciones, mandatos, comisiones, consignaciones, promociones y gestiones de negocio
relacionadas con su objeto principal. Para la consecución de su objeto la Sociedad tiene plena capacidad jurídica
para realizar todo tipo de actos y contratos, que las leyes vigentes y este estatuto autorizan. G) CONSTRUCTORA
E INMOBILIARIA: Por la construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles, eléctricas,
sanitarias, hidráulicas y de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura, de carácter público o privado. Compra,
venta, permuta, alquiler, arrendamiento, fideicomiso, derecho de superficie, tiempo compartido, administración
y explotación de inmuebles, incluso los comprendidos en el régimen de propiedad horizontal, club de campo,
fraccionamiento y loteo de parcelas para todo destino, debiendo intervenir profesionales matriculados para la
realización de todas las actividades que así lo requieran.” Autorizado según instrumento privado asamblea de
fecha 16/04/2025
Adriana Cristina Blanc - T°: 60 F°: 175 C.P.A.C.F.
e. 04/06/2025 N° 37922/25 v. 04/06/2025