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N° 38547/25 Aviso del Boletín Oficial

TECNO SEGURIDAD B.A. S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES jueves, 5 de junio de 2025

Texto del aviso

TECNO SEGURIDAD B.A. S.A.S.

30-71893844-5 – Por Reunión de Socios del 03/06/2025: la socia única RESUELVE aprobar la reforma del objeto

social modificando el ARTÍCULO TERCERO del Instrumento Constitutivo, el que queda redactado de la siguiente

manera: “ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia de terceros o

asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: vigilancia privada, seguridad de

personas y de bienes que se encuentren en lugares fijos; seguridad, custodia o portería prestada en locales

bailables, confiterías y todo otro lugar destinado a la recreación; Custodias personales, acompañamiento y

protección de personas determinadas; Custodia y transporte de bienes y valores, transporte, depósito, custodia,

recuento y clasificación de billetes, títulos, valores y mercaderías en tránsito; Vigilancia con medios electrónicos,

ópticos electroópticos, diseño, instalación y mantenimiento de dispositivos centrales de observación, registro de

imagen, audio o alarmas, así como cualquier otro dispositivo de control que incumba al área de seguridad; Tareas

de control de admisión y permanencia de público en general en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de

entretenimiento en general, que se celebren o realicen en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes

y todo otro lugar de entretenimiento de público en general, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios

abiertos, en la vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público;

Prestar estos servicios y de seguridad en general a empresas o instituciones privadas o públicas del estado

Nacional, Provincial o Municipal y en espacios públicos cuando estuviera autorizado por la normativa en materia

de seguridad y/o la Autoridad de Aplicación. Los servicios serán prestados con o sin uso de armas conforme lo

autorice la legislación vigente y en cumplimiento de la normativa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados

- ANMaC. En la ciudad de Buenos Aires la sociedad actuará conforme lo normado por la ley Nº 5688 de esta

ciudad y por la ley Nacional Nº 26.370 y las que en el futuro las modifiquen o complementen. En la provincia de

Buenos Aires la sociedad tiene por objeto dedicarse a las actividades autorizadas por el artículo segundo de la ley

provincial 12.297 y las que en el futuro la modifiquen o complementen: 1) Vigilancia y protección de bienes; 2) Escolta

y protección de personas; 3) Transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado lícito, a excepción

del transporte de caudales; 4) Vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales

bailables y otros eventos o reuniones análogas; 5) Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar

o desincriminar a una persona siempre que exista una persecución en el ámbito de la justicia por la comisión de

un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Para el cumplimiento

de sus fines la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, pudiendo

realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se vinculen directa o indirectamente con su objeto social

y no estén prohibidos por las leyes y estos estatutos”. Autorizado según instrumento privado Acta de Reunión de

Socios N° 1 de fecha 03/06/2025

NATALIA OTERO - T°: 131 F°: 607 C.P.A.C.F.

e. 05/06/2025 N° 38547/25 v. 05/06/2025