N° 38703/25 Aviso del Boletín Oficial
PERFETA PRODUCCIONES S.A.
Texto del aviso
PERFETA PRODUCCIONES S.A.
CUIT 30-71653238-7: La sociedad aprobó en Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 11/03/2020 la
reforma del artículo tercero del Estatuto Social, quedando redactado de la siguiente manera: ARTICULO TERCERO:
La sociedad tiene por objeto por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, ya sea en el país o en el
exterior tomar participaciones y/o control y/o inversión en el capital social otorgamientos de fianzas, prestamos,
asistencia financiera, venta y/o negociación de títulos, debentures y/u obligaciones negociables, acciones y/o títulos
valores de sociedades que tengan por objeto social de las siguientes actividades: a) Producción de espectáculos
públicos, ya sean teatrales, cinematográficos, deportivos, recitales, radiales, de televisión, b) la prestación
y explotación en todas sus formas de cualquier tipo de servicio de comunicación audiovisual, entendiéndose
por tales no sólo las estaciones de radiodifusión sonora, licencias de radiodifusión AM, FM y otras plataformas
tecnológicas, de televisión y todos los servicios complementarios de radiodifusión contemplados en la actual
legislación o por aquella que la reemplace. La explotación a que se alude podrá efectuarse por cuenta propia, por
intermedio de terceros o en asociación con terceros, en los casos que la legislación así lo permita. La explotación
a que se alude podrá efectuarse por cuenta propia, por intermedio de terceros o en asociación con terceros, en
los casos que la legislación así lo permita, c) comercialización de productos destinados a la protección de la salud
como sistemas de protección y detección de Covid 19. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por
este estatuto.- Asimismo la sociedad aprobó en la Asamblea General Extraordinaria celebrada el día 12/9/2021
la reforma del artículo tercero del Estatuto Social, quedando redactada de la siguiente manera: “ARTICULO
TERCERO: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las
siguientes actividades: Actividades financieras o de inversión mediante (i) aporte o inversiones de capitales y/o de
tecnología y/o de conocimiento de negocios y/o prestamos con o sin garantía a corto o a largo plazo, a personas,
empresas o sociedades existentes o a constituirse, para negocios, operaciones o emprendimientos realizados o a
realizarse, (ii) participación en empresas de cualquier naturaleza –sea en la República Argentina o en el exterior- a
través de la creación de sociedades por acciones, sucursales, uniones transitorias de empresas, agrupamientos
de colaboración, joint ventures, consorcios, (iii) compra, venta y negociacion de títulos, acciones, debentures, y
toda clase de valores mobiliarias y papeles de créditos, de cualquiera de los sistemas o modalidades creadas
o a crearse, ya sea a través de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires u otras bolsas y mercados, del país o
del extranjero, afianzar obligaciones de terceros, sociedades controlantes, controladas y vinculadas otorgando
toda clase y tipo de garantías, fianzas, cauciones y avales. En general, podrá realizar toda operación financiera
y de inversión en los términos del artículo 31 primer párrafo de la Ley General de Sociedades, no reservada a
las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras de la República Argentina.” Autorizado según
instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA de fecha 11/03/2020
Nicolas Miguel Villani - T°: 63 F°: 990 C.P.A.C.F.
e. 06/06/2025 N° 38703/25 v. 06/06/2025