N° 41209/25 Aviso del Boletín Oficial
VINSA S.A.
Texto del aviso
VINSA S.A.
30617129112. Por Esc. 55 del 28/05/25 Registro 237 C.A.B.A, se protocolizan Actas del 29/11/24, se reforma
art 3, del objeto que dice: la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización,
intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e
inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades:
(a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos,
editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación
e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras,
financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; e (i)
Transporte. Sin perjuicio de la generalidad anterior, la Sociedad podrá además desarrollar específicamente las
siguientes actividades: INMOBILIARIAS: Compraventa, permuta, arrendamiento y comercialización de inmuebles
urbanos o rurales, fraccionamiento y loteo, urbanizaciones, clubes de campo, conjuntos inmobiliarios, barrios
cerrados, barrios privados, barrios abiertos, parques industriales, y la realización de todas aquellas operaciones
sobre inmuebles que autoricen las leyes, incluso las comprendidas en las disposiciones de propiedad horizontal
y propiedad horizontal especial. CONSTRUCTORA: Construir, reciclar, remodelar, desarrollar y ejecutar proyectos
inmobiliarios, barrios, urbanizaciones, edificios, sujetos o no a propiedad horizontal, sobre inmuebles propios o
de terceros, públicos o privados, cualquiera fuere su destino, sea por contratación directa o por licitación pública
y/o privada. Y la compra, venta, importación, exportación y/o alquiler de equipamiento, bienes y servicios para la
industria de la construcción. FINANCIERAS Y DE INVERSIÓN: Participación activa, directa o indirecta, en negocios
a través de contratos, empresas o sociedades, ya sea mediante Fideicomisos, participaciones accionarias
directas, sociedades controladas, acuerdos sociales, asociaciones o uniones transitorias, agrupaciones de
colaboración, consorcios u otros medios o formas asociativas. Mediante préstamos con o sin garantía a corto o
largo plazo, aportes de capitales a personas o sociedades a constituirse, para financiar operaciones realizadas
o a realizarse, así como la compraventa de acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles
de crédito, de cualesquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse. Y la compra, venta, explotación,
alquiler, construcción, financiamiento tanto de inmuebles como de equipamiento. A tales efectos, podrá tomar o
mantener participaciones en otra u otras sociedades, y realizar todos los demás actos permitidos por las leyes
vigentes y operaciones comprendidas en las reglamentaciones sobre propiedad horizontal. Otorgar créditos para
la financiación de emprendimientos, proyectos, obras y/o desarrollos inmobiliarios y/o para la adquisición de
inmuebles nuevos o usados, solicitando en todos los casos las garantías reales y/o personales que se estimaren
convenientes, todo ello con sujeción a las normas y reglamentaciones aplicables. Realizar todos los contratos que
se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio
que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados. Podrá asimismo realizar toda clase de
operaciones financieras invirtiendo dinero o haciendo aportes propios o de terceros, contratando o asociándose
con particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse; podrá también registrar, adquirir, ceder
y transferir métodos o procedimientos constructivos, aceptar o acordar regalías, tomar participaciones y hacer
combinaciones, fusiones y arreglos con otras empresas o sociedades del país y/o del exterior (se exceptúan y
no quedan incluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras Nro. 21.526 de Entidades
Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público). ADMINISTRACION DE PROPIEDADES:
También podrá dedicarse a la administración o explotación de propiedades e inmuebles, propios o de terceros,
pudiendo asimismo realizar todas las actividades conexas, accesorias y/o complementarias a las descriptas, que
impliquen la prestación de servicios de asesoramiento para proyectos y desarrollos, comercialización, dirección,
planificación, evaluación, coordinación, supervisión, asesoramiento y consultoría integral en el ámbito de los
desarrollos urbanísticos e inmobiliarios, incluyendo la prestación de servicios profesionales y técnicos para la
elaboración de estudios, auditorías y análisis de factibilidad de proyectos inmobiliarios; la presentación de nuevos
proyectos en ocasión de exposiciones, ferias, cursos, seminarios, conferencias, y eventos afines con la actividad.
La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero,
realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades
enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o
jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de
títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas
por la Ley de Entidades Financieras Nro. 21.526 y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público y todas
aquellas actividades a las que no esté habilitada por el tipo social. Las actividades que así lo requieran serán
llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. Se reforma el art. 8 se eliminan Se procede
a eliminar en su totalidad las restricciones que fueron impuestas a las facultades del Presidente del Directorio,
incorporar la posibilidad de que las reuniones de Directorio se celebren usando medios informáticos o digitales.-
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 55 de fecha 28/05/2025 Reg. Nº 237
Paola Natali Land - T°: 116 F°: 864 C.P.A.C.F.
e. 13/06/2025 N° 41209/25 v. 13/06/2025